- Botero esculturas (1998)
- Salmona (1998)
- El sabor de Colombia (1994)
- Wayuú. Cultura del desierto colombiano (1998)
- Semana Santa en Popayán (1999)
- Cartagena de siempre (1992)
- Palacio de las Garzas (1999)
- Juan Montoya (1998)
- Aves de Colombia. Grabados iluminados del Siglo XVIII (1993)
- Alta Colombia. El esplendor de la montaña (1996)
- Artefactos. Objetos artesanales de Colombia (1992)
- Carros. El automovil en Colombia (1995)
- Espacios Comerciales. Colombia (1994)
- Cerros de Bogotá (2000)
- El Terremoto de San Salvador. Narración de un superviviente (2001)
- Manolo Valdés. La intemporalidad del arte (1999)
- Casa de Hacienda. Arquitectura en el campo colombiano (1997)
- Fiestas. Celebraciones y Ritos de Colombia (1995)
- Costa Rica. Pura Vida (2001)
- Luis Restrepo. Arquitectura (2001)
- Ana Mercedes Hoyos. Palenque (2001)
- La Moneda en Colombia (2001)
- Jardines de Colombia (1996)
- Una jornada en Macondo (1995)
- Retratos (1993)
- Atavíos. Raíces de la moda colombiana (1996)
- La ruta de Humboldt. Colombia - Venezuela (1994)
- Trópico. Visiones de la naturaleza colombiana (1997)
- Herederos de los Incas (1996)
- Casa Moderna. Medio siglo de arquitectura doméstica colombiana (1996)
- Bogotá desde el aire (1994)
- La vida en Colombia (1994)
- Casa Republicana. La bella época en Colombia (1995)
- Selva húmeda de Colombia (1990)
- Richter (1997)
- Por nuestros niños. Programas para su Proteccion y Desarrollo en Colombia (1990)
- Mariposas de Colombia (1991)
- Colombia tierra de flores (1990)
- Los países andinos desde el satélite (1995)
- Deliciosas frutas tropicales (1990)
- Arrecifes del Caribe (1988)
- Casa campesina. Arquitectura vernácula de Colombia (1993)
- Páramos (1988)
- Manglares (1989)
- Señor Ladrillo (1988)
- La última muerte de Wozzeck (2000)
- Historia del Café de Guatemala (2001)
- Casa Guatemalteca (1999)
- Silvia Tcherassi (2002)
- Ana Mercedes Hoyos. Retrospectiva (2002)
- Francisco Mejía Guinand (2002)
- Aves del Llano (1992)
- El año que viene vuelvo (1989)
- Museos de Bogotá (1989)
- El arte de la cocina japonesa (1996)
- Botero Dibujos (1999)
- Colombia Campesina (1989)
- Conflicto amazónico. 1932-1934 (1994)
- Débora Arango. Museo de Arte Moderno de Medellín (1986)
- La Sabana de Bogotá (1988)
- Casas de Embajada en Washington D.C. (2004)
- XVI Bienal colombiana de Arquitectura 1998 (1998)
- Visiones del Siglo XX colombiano. A través de sus protagonistas ya muertos (2003)
- Río Bogotá (1985)
- Jacanamijoy (2003)
- Álvaro Barrera. Arquitectura y Restauración (2003)
- Campos de Golf en Colombia (2003)
- Cartagena de Indias. Visión panorámica desde el aire (2003)
- Guadua. Arquitectura y Diseño (2003)
- Enrique Grau. Homenaje (2003)
- Mauricio Gómez. Con la mano izquierda (2003)
- Ignacio Gómez Jaramillo (2003)
- Tesoros del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. 350 años (2003)
- Manos en el arte colombiano (2003)
- Historia de la Fotografía en Colombia. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1983)
- Arenas Betancourt. Un realista más allá del tiempo (1986)
- Los Figueroa. Aproximación a su época y a su pintura (1986)
- Andrés de Santa María (1985)
- Ricardo Gómez Campuzano (1987)
- El encanto de Bogotá (1987)
- Manizales de ayer. Album de fotografías (1987)
- Ramírez Villamizar. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1984)
- La transformación de Bogotá (1982)
- Las fronteras azules de Colombia (1985)
- Botero en el Museo Nacional de Colombia. Nueva donación 2004 (2004)
- Gonzalo Ariza. Pinturas (1978)
- Grau. El pequeño viaje del Barón Von Humboldt (1977)
- Bogotá Viva (2004)
- Albergues del Libertador en Colombia. Banco de la República (1980)
- El Rey triste (1980)
- Gregorio Vásquez (1985)
- Ciclovías. Bogotá para el ciudadano (1983)
- Negret escultor. Homenaje (2004)
- Mefisto. Alberto Iriarte (2004)
- Suramericana. 60 Años de compromiso con la cultura (2004)
- Rostros de Colombia (1985)
- Flora de Los Andes. Cien especies del Altiplano Cundi-Boyacense (1984)
- Casa de Nariño (1985)
- Periodismo gráfico. Círculo de Periodistas de Bogotá (1984)
- Cien años de arte colombiano. 1886 - 1986 (1985)
- Pedro Nel Gómez (1981)
- Colombia amazónica (1988)
- Palacio de San Carlos (1986)
- Veinte años del Sena en Colombia. 1957-1977 (1978)
- Bogotá. Estructura y principales servicios públicos (1978)
- Colombia Parques Naturales (2006)
- Érase una vez Colombia (2005)
- Colombia 360°. Ciudades y pueblos (2006)
- Bogotá 360°. La ciudad interior (2006)
- Guatemala inédita (2006)
- Casa de Recreo en Colombia (2005)
- Manzur. Homenaje (2005)
- Gerardo Aragón (2009)
- Santiago Cárdenas (2006)
- Omar Rayo. Homenaje (2006)
- Beatriz González (2005)
- Casa de Campo en Colombia (2007)
- Luis Restrepo. construcciones (2007)
- Juan Cárdenas (2007)
- Luis Caballero. Homenaje (2007)
- Fútbol en Colombia (2007)
- Cafés de Colombia (2008)
- Colombia es Color (2008)
- Armando Villegas. Homenaje (2008)
- Manuel Hernández (2008)
- Alicia Viteri. Memoria digital (2009)
- Clemencia Echeverri. Sin respuesta (2009)
- Museo de Arte Moderno de Cartagena de Indias (2009)
- Agua. Riqueza de Colombia (2009)
- Volando Colombia. Paisajes (2009)
- Colombia en flor (2009)
- Medellín 360º. Cordial, Pujante y Bella (2009)
- Arte Internacional. Colección del Banco de la República (2009)
- Hugo Zapata (2009)
- Apalaanchi. Pescadores Wayuu (2009)
- Bogotá vuelo al pasado (2010)
- Grabados Antiguos de la Pontificia Universidad Javeriana. Colección Eduardo Ospina S. J. (2010)
- Orquídeas. Especies de Colombia (2010)
- Apartamentos. Bogotá (2010)
- Luis Caballero. Erótico (2010)
- Luis Fernando Peláez (2010)
- Aves en Colombia (2011)
- Pedro Ruiz (2011)
- El mundo del arte en San Agustín (2011)
- Cundinamarca. Corazón de Colombia (2011)
- El hundimiento de los Partidos Políticos Tradicionales venezolanos: El caso Copei (2014)
- Artistas por la paz (1986)
- Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional (2009)
- Historia de Bogotá. Tomo I - Conquista y Colonia (2007)
- Historia de Bogotá. Tomo II - Siglo XIX (2007)
- Academia Colombiana de Jurisprudencia. 125 Años (2019)
- Duque, su presidencia (2022)
Antecedentes
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Montería, 1965.
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Formación en la empresa. Acerías Paz del Río, Boyacá.
El "Vitrinismo" fue una de las primeras especialidades dictadas para el Sector Comercio y Servicios.
Muestra del primer material pedagógico elaborado en el SENA, 1959.
Muestra del primer material pedagógico elaborado en el SENA, 1959.
Texto de: Ricardo Lucio A.
Asesor Nacional de Planeación, SENA
Colombia se presenta, antes de la década del 50, como un típico país subdesarrollado: su economía, eminentemente agrícola, depende de los vaivenes de la economía internacional; sus exportaciones se hallan concentradas en un solo producto agrícola, el café, cuyos precios están sujetos a factores de mercado internacional totalmente ajenos a su control. El sector manufacturero es débil, limitándose casi por completo a la producción de algunos bienes primarios.
Sinembargo, la crisis internacional producida por la segunda guerra mundial trae algunas modificaciones en la estructura económica nacional. Colombia entra en una etapa de sustitución de importaciones, en la cual se desestimula la importación de bienes primarios y se comienza a producir algunos renglones de bienes intermedios. Simultáneamente hay una opción incipiente por una política de diversificación de exportaciones, que da sus primeros resultados hacia el final de la década.
La siguiente es la composición porcentual de las importaciones y de las exportaciones, a comienzos y finales de la década:
Exportaciones | 50-52 | 56-59 |
Café | 77% | 68% |
Petróleo | 16% | 12% |
Banano | 4% | 3% |
Otros | 3% | 17% |
Importaciones | 50-52 | 56-59 |
Bienes de consumo | 19% | 11% |
Materias Primas y Bienes Intermedios | 35% | 46% |
Bienes de Capital | 36% | 31% |
El crecimiento industrial
La gran industria recibe fuertes inyecciones de capital acumulado, provenientes principalmente de las divisas obtenidas por los altos precios del café en los años 1950?54, de las divisas ahorradas por la reducción de las importaciones durante la guerra y de fuertes dosis de capital extranjero que acentúa su presencia en la naciente industria.
Esto hace que el sector industrial registre tasas de crecimiento excepcionalmente altas, sobre todo a comienzos de la década (11.5 % anual para 1945?50 y 8?9 % para 1950?54). El crecimiento es, sin embargo, más que todo coyuntural y desordenado. La productividad aumenta debido más a la mecanización que a la productividad por persona.
Los renglones que registran un mayor crecimiento son el metalmecánico, el de metálicas básicas (por esta época nace la Siderúrgica de Paz del Río), los derivados del petróleo (creación de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol), del carbón y algunos otros como calzado, vestuario, maderas y muebles, productos de caucho, químicos y minerales no metálicos.
Este crecimiento industrial contribuye, entre otras cosas, a lograr una tasa de crecimiento del empleo rara vez alcanzada por el país: de 5 % anual ara 1950?54 pasa a 8 % para 1955?57, cifra esta última que equivale aproximadamente a la generación de 19.000 nuevos empleos por año.
La clasificación de las industrias según la relación existente entre capital y mano de obra empleada nos da cuatro categorías básicas: industrias de máxima densidad de capital, industrias semidensas en capital, industrias semilivianas e industrias livianas. De éstas las que más contribuyen a la generación de empleo son, en primer lugar, las semilivianas (artes gráficas, maderas, cuero, electrodomésticos y manufacturas metálicas) y, en segunda instancia, las de máxima densidad (refinerías, coquerías, siderúrgicas, básicas, papel, química básica).
El sector agropecuario continúa teniendo un peso importante en la economía nacional, contribuye en una tercera parte al producto interno bruto y su participación en el valor agregado para 1958 es el doble de la del sector manufacturero. Es decir, Colombia sigue siendo un país agrícola. No obstante, situaciones críticas como la violencia y la descomposición del campesinado hacen que el sector se encuentre prácticamente estancado, con un índice de crecimiento anual de 2 y 3 %, bastante bajo si se le compara con el crecimiento que registra el sector industrial.
Estructura Demográfica
El censo de 1951 reporta una población total de 11.548.172 habitantes, cifra que llega a 17.484.508 para el censo de 1964. Esto representa una tasa media de crecimiento anual de la población de 3.2 % en el período intercensal, que corresponde prácticamente a la década.
La presión demográfica se acentúa todavía más con el proceso de urbanización, que hace que la participación porcentual de la población urbana pase de 38.7 % en 1951 a 52.8 % en 1964. Así, mientras la tasa anual de crecimiento para la población rural es de 1.2% (1951?1964), para la población urbana es de 5.8 % en el mismo período. Incide aquí notablemente el fenómeno de la migración del campo a la ciudad, la atracción que presentan los nuevos centros fabriles y la búsqueda de oportunidades económicas y sociales por parte de un campesinado que se descompone, debido al fenómeno político, económico y social de la violencia en el campo.
El proceso de urbanización se manifiesta también en una disminución del porcentaje de población económicamente activa vinculado al sector primario de la economía, frente a un aumento de la participación porcentual de los otros dos sectores, más específicamente urbanos, tendencia que se manifiesta ya desde el período intercensal 1938?1951.
Distribución porcentual de la población económicamente activa en los sectores económicos:*
Sectores | 1938 | 1951 | 1964 |
Primario | 75.7 | 55.5 | 48.8 |
Secundario | 11.6 | 15.8 | 17.1 |
Terciario | 12.7 | 25.1 | 30.5 |
Otros | 3.6 | 3.4 |
Las definiciones de los sectores económicos no coinciden exactamente para los tres censos (1938. 1951 y 1964). Los datos han sido ajustados teniendo en cuenta estas diferencias.
Estos fenómenos demográficos implican que contingentes de mano de obra no calificada irán concentrándose en los extensos sectores subnormales de las grandes ciudades colombianas; los más capaces serán enrolados por la industria emergente, el resto tenderá a buscar un modo de subsistencia en las ramas de servicios personales o en actividades con poca exigencia de calificaci6n de los sectores informales de la economía.
Con un crecimiento industrial que se presenta de una manera desordenada, sin una planeación consecuente del desarrollo de la economía nacional, se explica en parte el continuo desequilibrio en la balanza de pagos; la solución a que se acude es la devaluación. La pérdida del poder adquisitivo de la moneda, sumada a la ola de violencia en el campo, el encarecimiento de los productos de primera necesidad y el hecho de que, a pesar el alto índice de generación de empleo, es todavía mayor el volumen de la oferta de trabajo, son ingredientes de un descontento popular generalizado, que no logra expresarse en forma clara, pero que de todos modos presiona por mayor bienestar social y económico.
El gobierno del general Rojas (1953?1957), sin embargo, encuentra dificultades para legislar sobre aumentos salariales: por un lado está la presión de la industria, que teme descapitalizarse en un momento crítico de su crecimiento; se arguye además, contra la medida, haciendo de ella la única responsable de una posible inflación, cuyo fantasma se cierne entonces sobre la economía nacional.
Este juego de fuerzas terminará por imponer, después del cambio de gobierno, un alza general de salarios, más unas políticas de bienestar social, como la creación oficial del Subsidio Familiar. Como contraprestación, el sector patronal logra que en el mismo documento en que se crea el subsidio y el alza salarial se decrete la congelación de las cesantías de los trabajadores. El Servicio Nacional de Aprendizaje aparecerá, a su vez, como un “apéndice” de esta legislación (Decreto 118 de 1957).
Las Organizaciones Sindicales
Aunque las organizaciones de la clase obrera se encuentran debilitadas, no deja de ser importante su papel en la definición de las circunstancias que convergen en la aparición del SENA. La central sindical más antigua, la CTC (Confederación de Trabajadores de Colombia), orientada en la década del 40 por dirigentes liberales y comunistas, se encuentra en un momento crítico de su desarrollo histórico. Esta y otras circunstancias favorecen el fortalecimiento de un nuevo tipo de sindicalismo, agrupado en la UTC (Unión de Trabajadores de Colombia), que se caracteriza por su inspiración cristiana y por su carácter más conciliador que reivindicativo, abogando por una colaboración entre los estamentos que configuran la economía: el estado, los patronos y los trabajadores. Su concepción del hombre integral, que incluye los aspectos técnicos, sociales y personales, va a estar muy presente en la filosofía de la “Formación Profesional” que adoptará el SENA desde su nacimiento. Más que influjo directo de la ideología de la UTC sobre el SENA, se trata de una fuente de inspiración común.
La UTC, además, participa activamente en la configuración y desarrollo del SENA. Ya desde 1954 solicita, en su V Congreso Nacional, la creación de un instituto para la capacitación de los trabajadores. Desde el nacimiento del SENA participará en su Consejo Directivo Nacional, como representación organizada mayoritaria de los trabajadores colombianos. Hasta la reestructuración del SENA en 1968 el presidente del Consejo Nacional del SENA será con frecuencia el representante de la UTC. Esta central, así mismo, colaborará decididamente en la gestión del SENA desde sus comienzos; la reglamentación del contrato de aprendizaje, por ejemplo, contará con el apoyo eficaz del sindicalismo colombiano, que verá en él una nueva respuesta a las necesidades de la clase trabajadora.
Los Organismos Internacionales
La participación creciente del capital extranjero en la economía de los países subdesarrollados hace que los organismos internacionales presionen por una mayor racionalización y organización de su desarrollo económico. Esto implica superar dos deficiencias fundamentales: la planificación de la mano de obra que necesitará el desarrollo industrial y su capacitación.
Los países desarrollados ya habían adoptado sistemas de control estadístico y de capacitación de mano de obra. Francia había desarrollado un modelo bastante completo de formación profesional; EE.UU. había adoptado el sistema de entrenamiento de la industria (TWI), para responder a las necesidades apremiantes de mano de obra calificada durante la guerra. En Brasil 11942) y Argentina (1944) se habían adoptado sistemas de capacitación profesional. La Organi
zación Internacional del Trabajo, OIT, recoge y analiza estas experiencias y las propone de una manera organizada a los países menos desarrollados, como parte de la política de "despegue industrial".
Dentro de este contexto se llevaron a cabo algunas misiones técnicas en Colombia. La Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina, CEPAL, que realizaba estudios sobre la economía colombiana, envió una misión en 1954, con el propósito de estudiar las necesidades de mano de obra industrial y la posibilidad de crear un instituto para su capacitación. Posteriormente, la OIT asesora los siguientes proyectos, anteriores a la creación del SENA:
1. Organización de las estadísticas del trabajo: Noviembre 1954 - Octubre 1955.
2. Estudio sobre las necesidades de mano de obra: Octubre 1955 - Marzo 1957.
3 y 4. Estudio de los sistemas de formación profesional existentes y asesoría en la organización y puesta en marcha del “Instituto Nacional de Capacitación Obrera”: Abril 1955 - Diciembre 1957.
Los primeros intentos
Temas tales como el aprendizaje, la enseñanza industrial y la capacitación se mencionan por primera vez en la legislación colombiana contemporánea en la Ley 143 de 1948. Para la década del 50 ya existen en el país una serie de Escuelas Técnicas dependientes de la División de Educación Industrial y Comercial del Ministerio de Educación. La deserción, sin embargo, es alta: los 48 centros existentes en 1957 tienen un total de 6.028 alumnos inscritos, de los cuales terminaron sus estudios 642.
Los trabajadores aprendían a desempeñar su oficio en el puesto de trabajo sin ninguna metodología; esta situación, aceptable en épocas de estancamiento y poco desarrollo de la industria manufacturera, se hacía insostenible con el crecimiento industrial, con la necesidad de expansión a nuevos mercados y la aplicación de métodos más modernos y cambios drásticos en la productividad. Algunas empresas, por tanto, empiezan a hacer esfuerzos aislados por implantar programas de capacitación y promoción obrera.
En 1954, a instancias de la UTC, el Ministerio de Trabajo crea el Instituto de Capacitación Obrera, que comienza a funcionar en 1956. Con el tiempo estos esfuerzos resultan insuficientes. El crecimiento industrial demanda anualmente la capacitación de 10.000 nuevos trabajadores, sin contar con las necesidades de capacitación de mano de obra ya vinculada al trabajo. Los medios de formación entonces existentes, suponiendo un control eficaz de los índices de deserción, apenas podrían satisfacer un 10% de estas necesidades.
No existe, en primera instancia, una planificación orgánica de la formación profesional, que adecúe las posibilidades de capacitación a las necesidades reales del desarrollo económico. Más aún, no existe una legislación adecuada con respecto a la formación profesional. El aprendizaje, por ejemplo, no cuenta con normas clara como punto de referencia para empleadores y empleados. Las referencias del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 143 de 1948 y los reglamentos de trabajo son ambiguos: no están reglamentados ni las condiciones que debe reunir el aprendiz, ni un sistema metódico de capacitación, ni la duración y características del aprendizaje, ni existe organismo alguno con recursos suficientes que oriente y controle la acción. Las instituciones entonces existentes afrontan el crónico problema de la falta de recursos y organización adecuada para suplir las necesidades en este campo.
Por este tiempo cerca de 25 técnicos y profesionales han tenido la oportunidad de visitar el Servicio Nacional de Aprendizaje Industrial del Brasil, SENAI, en una especie de programa de formación de formadores y tomar conciencia de lo mucho que se podría hacer al respecto, contando con los recursos y estructuras adecuadas. A este grupo habrá de recurrir el naciente SENA, para comenzar eficazmente la tarea de la formación profesional en Colombia.
Los hechos
Desde comienzos de la década se habla del subsidio familiar. Jaime Sanín Echeverry lo propone por primera vez al país en 1951. Para mediados de la década ya se ha establecido en algunas empresas, especialmente en Medellín; sin embargo, la idea de destinar a su financiación un porcentaje uniforme sobre la nómina pagada en todo el territorio nacional, es mirada todavía con desconfianza por los gremios; por eso el decreto del 5 % no alcanza a ser publicado por el gobierno de Rojas Pinilla (1953?1957). El texto del decreto se elabora definitivamente durante el primer mes del gobierno de la Junta Militar.
En 1957 estaban a punto de fracasar los esfuerzos de la OIT y del Ministerio de Trabajo por crear un sistema organizado y eficaz de aprendizaje y capacitación profesional debido, principalmente, al inadecuado financiamiento con que contaba la empresa. Por esto, parece, se añade a última hora un artículo adicional al decreto que crea el subsidio familiar en Colombia, especificando que del 5% sobre la nómina de salarios que recaudarían las Cajas de Compensación Familiar de los patronos del país, una quinta parte (1%) irá destinada a la creación y mantenimiento del Servicio Nacional de Aprendizaje. Este origen común explica el vínculo estrecho que existe entre el SENA y las Cajas de Compensación Familiar.
Así interpreta Emiliani Román la adición, a Última hora, del artículo que crea el SENA:
“Cuando se supo que yo iba a proponer la creación del subsidio familiar, tuve la visita de dos personas que fueron decisivas en la creación del SENA: Joao Salles Da Silva especialista de la OIT en Colombia para la formación profesional, y el doctor Rodolfo Martínez Tono, Director de la Escuela de Capacitación Obrera del Ministerio de Trabajo. Ellos me dijeron que Salles Da Silva consideraba fracasada su misión en Colombia, porque no había podido crear un organismo que se dedicara a la capacitación de los trabajadores y a la formación profesional de aprendices; que ya había decidido irse de Colombia pero que, al saber que yo tenía listo un decreto sobre subsidio familiar, sus esperanzas habían renacido. Me visitaban para plantear lo siguiente: así como en Brasil existía un organismo llamado SENAI para la capacitación de trabajadores y formación profesional de aprendices, que se financiaba con un 1 % sobre los salarios, me solicitaban que del porcentaje que yo proyectaba destinar al subsidio familiar ?el 5% de las nóminas de todos los trabajadores del país ? destinara un 1 % al SENA, institución que vendría a ocupar, en Colombia, funciones similares a las del SENAI en Brasil. De inmediato ordené que en uno de los artículos del decreto, el artículo 8 del Decreto 118 de 1957, se estableciera el Servicio Nacional de Aprendizaje, a cargo de los patronos a que se refiere el artículo anterior. Ese artículo, el séptimo, establecía el subsidio familiar obligatorio para todos los patronos del país que tuvieran 100 milpesos de capital o veinte trabajadores permanentes. Por su parte, el artículo 9 indicaba que el 5% de la nómina mensual de salarios se distribuiría así: un 4% para el subsidio familiar y un 1 % para el Servicio Nacional de Aprendizaje.
Así nació el SENA…”
El Decreto 118 (21 de junio de 1957)
Este primer decreto, dictado al mes de posesionarse el nuevo gobierno de la Junta Militar, es expresión de una política de bienestar social, que viene a responder al descontento popular reinante:
“Por el cual se decretan aumentos de salarios, se establece el subsidio familiar y se crea el Servicio Nacional de Aprendizaje”.
Estas medidas significan una erogación adicional para el empresario. Los gremios, por lo tanto, demandan una contraprestación, que se incluye en el mismo decreto:
“Artículo6: Congélanse las cesantías de los trabajadores particulares y de las empresas públicas descentralizadas en 30 de junio de 1957”.
Del SENA sólo se dice que se crea (artículo 8 9) y que debe financiarse con la quinta parte (1 %) del aporte patronal al subsidio familiar (5 % sobre la nómina).
El Decreto 164 (6 de agosto de 1957)
Este decreto da una visión más completa de la entidad recientemente creada. Por su importancia se transcribe el texto completo:
Por la cual se organiza el Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA" y se dictan otras disposiciones.
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto No. 118 de 21 de junio de 1957, se creó el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”,
DECRETA:
I. Naturaleza
Artículo 1.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) es un organismo descentralizado, con personería jurídica y patrimonio propio.
II. Objeto
Artículo 2.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) dará formación profesional a los trabajadores jóvenes y adultos de la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería y la minería. Dicha labor tendrá por objeto la preparación técnica del trabajador y la formación de ciudadanos socialmente Útiles y responsables, que posean los valores morales y culturales indispensables para el mantenimiento de la paz social, dentro de los principios de la justicia cristiana.
Artículo 3.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) cumplirá los siguientes fines:
- a) Colaborar con los patronos y los trabajadores para establecer un sistema nacional de aprendizaje, promoción obrera y formación profesional acelerada de adultos, el cual deberá tener unidad de principios y métodos apropiados para atender a las necesidades peculiares de mano de obra de las empresas y formas de producción existentes en las diferentes regiones del país;
- b) Organizar y mantener en todo el país la enseñanza teórica y práctica de aquellos oficios u ocupaciones cuyo conocimiento por parte de los aprendices exija una formación profesional metódica, ya sea en centros de aprendizaje o dentro de las respectivas empresas;
- c) Seleccionar los candidatos al aprendizaje y orientarlos profesionalmente;
- d) Organizar cursos complementarios de preparación, adiestramiento,perfeccionamiento y especialización para los trabajadores técnicos y administrativos de todos los niveles;
- e) Contribuir al desarrollo de investigaciones que se relacionen con la organización científica del trabajo en todos sus aspectos, y
- f) Cooperar al mejoramiento cultural y técnico de los trabajadores con la finalidad de aumentar su productividad y elevar por este medio su nivel de vida.
III. Dirección
Artículo 4.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) será dirigido por:
- a) El Consejo Nacional, y
- b) La Dirección Nacional.
En el plano regional el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) será dirigido por:
- a) Los Consejos Seccionales, y
- b) Las Direcciones Seccionales
Artículo 5. El Consejo Nacional estará integrado por:
*a) El Ministro del Trabajo o un representante suyo;
*b) El Ministro de Educación o un representante suyo;
*c) Un representante del Cardenal Arzobispo Primado de Colombia y su respectivo suplente;
*d) Un representante de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI) y su respectivo suplente;
*e) Un representante de la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y su respectivo suplente;
*f) Un representante de los agricultores y ganaderos y su respectivo suplente; y
*g) Un representante de los trabajadores y su respectivo suplente.
Artículo 6.
Cada una de las entidades gremiales enunciadas en el artículo anterior nombrará libremente su representante y su respectivo suplente en el Consejo Nacional.
Articulo 7.
El representante de los agricultores y de los ganaderos y su respectivo suplente, serán escogidos de común acuerdo por la Sociedad de Agricultores de Colombia y la Federación Nacional de Ganaderos.
El representante de los trabajadores y su respectivo suplente en el Consejo Nacional y en los Consejos Seccionales serán designados por la Confederación que acredite ante el Ministerio del Trabajo tener el mayor número de sindicatos afiliados a ella.
Artículo 8.
El Director Nacional formará parte del Consejo Nacional donde tendrá voz pero no voto.
Artículo 9.
El Consejo Nacional se reunirá por derecho propio una vez cada mes, o por citación del Director Nacional.
Artículo 10.
Son funciones del Consejo Nacional, entre otras:
*a) Elegir, por mayoría de votos, el Presidente y el Vicepresidente del Consejo para un período de dos años;
*b) Presentar al Gobierno Nacional una terna para nombramiento del Director Nacional;
*c) Proponer al Gobierno Nacional las medidas legales que estime necesarias para obtener una mayor eficacia del servicio;
*d) Aprobar, a solicitud del Director Nacional:
*1 . El estatuto orgánico del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
*2. Las normas que deben ser seguidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) para la elección, orientación y formación profesionales, los planes y programas de estudio, y el funcionamiento de los distintos cursos;
*3.Los planes de construcción y dotación de los centros de aprendizaje;
*4. La relación de oficios u ocupaciones que requieran una formación profesional metódica;
*5. La creación de los cargos de la Dirección Nacional y la determinación de todas las asignaciones;
*6. La organización de la carrera administrativa de los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje, estableciendo requisitos severos para el ingreso, preferentemente concursos, garantizando la estabilidad y los ascensos con fundamento en la competencia, productividad, tiempo de servicio y las cualidades morales de los mismos;
*7. El presupuesto de la Dirección Nacional;
*8. Los presupuestos y la creeación de los cargos y las respectivas asignaciones de las direcciones seccionales;
*9. Los gastos ordenados por el director nacional cuando excedan de la suma fijada por el propio Consejo;
*10. Los contratos que celebren el Director Nacional y los Directores Seccionales, cuando la cuantía de los mismos exceda de la suma fijada por el propio Consejo;
*11. Los contratos celebrados por la Dirección Nacional y por las Direcciones Seccionales con establecimientos de enseñanza técnica, públicos o privados o con otras Direcciones Seccionales;
*12. El programa de becas: para los trabajadores de las empresas y para los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
*13. Los nombramientos de los Directores Seccionales; y
*14. El informe anual de la Dirección Nacional.
e) Nombrar:
*1. El Revisor Fiscal de la Dirección Nacional, señalando sus respectivas funciones;
*2. Representantes, entre personas vinculadas al SENA a las Conferencias o Seminarios Nacionales e Internacionales, que sean de interés para la Institución, y
- 3.Comisiones de asesoría técnica.
- f) Servir de órgano asesor del Gobierno Nacional en todo lo relacionado con la formación profesional de los trabadores, y
- g) Dictar su propio reglamento.
Artículo 11.
La Dirección Nacional es un órgano de planeamiento, coordinación, ejecución y control. Será ejercida por un Director Nacional nombrado por el Gobierno Nacional en la forma prescrita por la letra b) del artículo anterior, para
períodos de cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Artículo 12.
Son requisitos para poder ser nombrado Director General:
- a) Poseer un título universitario; y
- b) Tener experiencia en formación profesional.
Artículo 13.
Son funciones del Director Nacional, entre otras:
- a) Representar legalmente al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) o delegar dicha representación con la aprobación del Consejo Nacional;
- b) Presentar a la aprobación del Consejo Nacional lo comprendido en la letra d) numerales 1 a 14 del artículo 10;
- c ) Organizar, orientar y dirigir todas las actividades del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
- d) Supervigilar el funcionamiento de las Direcciones Seccionales y ofrecerles la asistencia técnica que estime conveniente;
*e) Organizar, de manera sistemática, el aprendizaje dentro de las empresas por medio de convenios celebrados con éstas;
- f) Realizar en todo el país investigaciones estadísticas sobre las necesidades de mano de obra;
- g) Nombrar:
- 1. El personal de la Dirección Nacional, y
- 2. Los Directores Seccionales;
- h) Ordenar los gastos necesarios para el funcionamiento de la Dirección Nacional, hasta por la suma fijada por el Consejo Nacional;
- i) Distribuir los fondos provenientes del 20% de que trata el artículo 27 de este decreto;
- j) Aprobar los informes anuales que le deben presentar los Directores Seccionales;
- k) Contratar servicios con planteles de enseñanza técnica, públicos o privados, y
- l) Celebrar todos los contratos que requiera la buena marcha del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Artículo 14.
En todos los departamentos se organizarán Consejos y Direcciones Seccionales.
Artículo 15.
Cuando los ingresos de un Departamento fueren insuficientes para lograr los objetivos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), la respectiva Dirección Seccional podrá, previa aprobación de la Dirección Nacional, celebrar contratos sobre servicios de formación profesional con otras Direcciones Seccionales o con establecimientos de enseñanza técnica, públicos o privados del mismo departamento.
Artículo 16.
Los Consejos Seccionales serán integrados por:
- a) Un representante del Ministerio del Trabajo y su respectivo suplente;
- b) Un representante del Ministerio de Educación Nacional y su respectivo suplente;
- c) Un representante del Arzobispo u Obispo que tenga jurisdicción en la correspondiente capital del departamento y su respectivo suplente;
- d) Un representante de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI) y su respectivo suplente;
- e) Un representante de la Asociación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y su respectivo suplente;
- f) Un representante de los agricultores y ganaderos y su respectivo suplente, y
- g) Un representante de los trabajadores y su respectivo suplente.
Artículo 17.
Cada una de las entidades gremiales enumeradas en el artículo anterior nombrará libremente su representante y respectivo suplente en los Consejos Seccionales. En los Departamentos donde no hubiere Seccional de la entidad interesada, la designación del representante del sector económico correspondiente la hará el Consejo Nacional.
Artículo 18.
El Director Seccional formará parte del Consejo Seccional donde tendrá voz pero no voto.
Artículo 19.
Los representantes del Ministerio del Trabajo, del Ministerio de Educación Nacional y del Arzobispo u Obispo en los Consejos Seccionales serán designados por las mencionadas autoridades.
Artículo 20.
Son funciones de los Consejos Seccionales, entre otras:
- a) Elegir por mayoría de votos el Presidente y el Vicepresidente del Consejo para períodos de dos años.
- b) Presentar al Consejo Nacional los proyectos que estime convenientes para obtener una mayor eficacia del servicio.
- c) Aprobar a solicitud del Director Seccional:
- 1 . El estatuto orgánico de la Dirección Seccional;
- 2. El presupuesto de la Dirección Seccional, el cual se someterá a la aprobación del Consejo Nacional;
- 3. Los gastos ordenados por el Director Seccional cuando excedan de la suma fijada por el propio Consejo Seccional;
- 4. La creación de los cargos de la Dirección Seccional y la determinación de todas las asignaciones debiendo ser ratificadas por el Consejo Nacional;
- 5. Los planes de los distintos cursos, los cuales deberán estar de acuerdo con las normas establecidas por la Dirección Nacional;
- 6. Los planes de ubicación de los centros de aprendizaje;
- 7. Los contratos que celebre el Director Nacional con otras seccionales o establecimientos de enseñanza técnica privados, y
- 8. El informe anual del Director Seccional.
- d)Nombrar el Revisor Fiscal Seccional y señalar sus funciones, y
- e) Dictar su propio reglamento.
Artículo 21.
Los Consejos Seccionales se reunirán por derecho propio una vez cada mes, o por citación del Director Seccional.
Artículo 22.
La Dirección Seccional es un órgano de planeamiento, ejecución y control. Será ejercida por un Director Seccional, nombrado por el Director Nacional para períodos de cuatro años.
Artículo 23.
Son funciones del Director Seccional, entre otras:
- a) Representar al Director Nacional ante los Sectores Económicos de su respectivo departamento;
- b) Presentar a la aprobación del Consejo Seccional lo enunciado en la letra c) numeral 1 a 8? del artículo 20;
- e) Organizar y dirigir los servicios de la Dirección Seccional siguiendo las normas que para el efecto fueren establecidas por la Dirección Nacional;
- d) Organizar, orientar y supervigilar el funcionamiento de los centros de aprendizaje de los cursos existentes en el departamento;
- e) Organizar la selección, orientación y formaci6n profesionales, los programas y planes de estudio de acuerdo con las normas dictadas por la Dirección Nacional;
- f) Ordenar gastos hasta por la suma fijada por el Consejo Seccional;
- g) Celebrar, con la aprobación de los Consejos Seccional y Nacional contratos sobre servicios de formación profesional con otras direcciones seccionales y con establecimientos públicos o privados de enseñanza técnica, del mismo departamento, y
- h) Celebrar los contratos que requiera la buena marcha del Servicio en su respectivo departamento.
IV. Financiación
Artículo 24.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se financiará con la contribución prevista en el artículo 9 del Decreto No. 118 del 21 de junio de 1957, y con los aportes voluntarios, herencias, legados, donaciones y las sumas provenientes de las sanciones legales que imponga el Ministerio del Trabajo por fraudes o violaciones a las normas del Código Sustantivo del Trabajo y, demás disposiciones que lo adicionan y reforman.
Artículo 25.
El Gobierno Nacional destinará obligatoriamente una partida anual en el presupuesto del Ministerio del Trabajo como cooperación al desarrollo de los planes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Articulo 26.
Las Cajas de Compensación deberán remitir a la Dirección Seccional correspondiente, mes por mes, la cuota destinada al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), discriminada por sectores económicos.
Artículo 27.
En cada Departamento se aplicará a la realización de los objetivos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) el ochenta por ciento de los fondos recaudados. El veinte por ciento restante será remitido por las Directivas Seccionales a la Dirección Nacional y se destinará por decisión del Director Nacional:
- a) Al sostenimiento de la Dirección Nacional, y
- b) A auxiliar las regiones y los sectores de actividad con ingresos insuficientes para atender a sus necesidades de formación profesional.
Artículo 28.
Los fondos recaudados serán contabilizados separadamente según el sector económico de procedencia, para destinarlos al desarrollo de los programas de formación profesional del respectivo sector.
Artículo 29.
Los bienes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y todas sus actividades estarán exentos de impuestos nacionales, departamentales y municipales.
Artículo 30.
Las transferencias a título gratuito u oneroso, las herencias o legados a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) estarán, exentos de toda clase de impuestos.
Artículo 31.
El artículo 12 del Decreto 118 del 21 de junio de 1957, quedará así: Artículo 12. Las Cajas que se establezcan en virtud del artículo anterior tendrán a su cargo la redistribución entre los trabajadores afiliados del fondo destinado al subsidio familiar y la remisión al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) del uno por ciento que se le destina en el artículo 9? del presente decreto.
V. Control
Artículo 32.
El control del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) corresponderá al Revisor nombrado por el Consejo Nacional y a los Revisores Fiscales Seccionales nombrados por los Consejos Seccionales.
VI. Colaboración con las entidades públicas y privadas.
Artículo 33.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) podrá contratar con planteles públicos y privados de enseñanza técnica, los servicios que fueren necesarios para el desarrollo de sus programas de formación profesional, cuando tales establecimientos llenen los requisitos que para el efecto establezca la Dirección Nacional
Artículo 34.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) solicitará por intermedio del Ministerio de Relaciones, Exteriores, asesoría a los Organismos Internacionales de Asistencia Técnica.
VII. Disposiciones Finales
Artículo 35.
Dentro de los 15 días siguientes a la vigencia del presente Decreto se deberán integrar el Consejo Nacional y los Consejos Seccionales. En caso de que las personas y entidades a que se refieren los artículos 5 y 15 de este Decreto no procedan a nombrar, en el término previsto sus respectivos representantes y suplentes, el Gobierno Nacional hará las correspondientes designaciones.
Artículo 36.
La Nación cede a título gratuito al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) todos los bienes pertenecientes al Instituto Nacional de Capacitación Obrera, dependiente del Ministerio del Trabajo.
Artículo 37.
El Consejo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), deberá presentar al Gobierno recomendaciones y proyectos sobre el contrato de aprendizaje.
Articulo 38.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Cúmplase y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a los seis días del mes de agosto de 1957.
Primeras actividades
La primera tarea del SENA es consolidar su estructura normativa para clarificar lo más posible los criterios de su acción. Entre 1957 y 1958 el Consejo Nacional expide una serie de normas, llamadas primero Resoluciones y más tarde Acuerdos, sobre organización interna, plantas de personal, funcionamiento de la dirección nacional y de las seccionales, presupuesto y manejo contable, etc. La más importante de estas normas es el Acuerdo 14, que estuvo en estudio durante casi todo el año de 1958, para firmarse en forma definitiva el 23 de octubre. Por este acuerdo, se aprueba el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Aprendizaje, que consta de los siguientes capítulos:
- Naturaleza y Objeto del “SENA”
- De la Organización del "SENA"
- Del Consejo Nacional
- De la Dirección Nacional
- Del Comité de Planeaci6n
- De la Organización Regional
- De la financiación
- De la Vigilancia y Control
- Reformas
Paralelamente, se van integrando los diversos estamentos administrativos y ejecutivos que componen la estructura funcional del SENA.
El 23 de agosto de 1957 tiene lugar la primera sesión del Consejo Nacional, en el despacho del Ministro de Trabajo, y bajo la presidencia de éste. Como consejeros asisten,
- El Ministro de Trabajo, Raimundo Emiliani Román
- Por el Ministerio de Educación, Marco Aurelio Bernal Por la Iglesia, Padre Héctor Jaramillo
- Por la ANDI, Mario Galán G.
- Por los trabajadores, Antonio Díaz de la UTC
Más adelante ingresará al Consejo, por parte de los agricultores y ganaderos colombianos, Manuel Forero U.
En esta primera sesión del Consejo se propone formalmente, para la Dirección Nacional del SENA, la terna compuesta por el Padre Pablo Medellín, Ernesto Barriga y Rodolfo Martínez Tono quien, nombrado por el Gobierno Nacional en agosto de 1957, ocupará el cargo hasta 1974.
Dos tareas debe acometer el SENA: el estudio, codificación y sistematización de la oferta y demanda de mano de obra, y la capacitación profesional. Por esto, el primer organigrama establece dos estructuras para estas dos funciones básicas: la división de mano de obra y la división de formación profesional, de la Dirección Nacional. A ellas se añade la división administrativa, como apoyo logístico y la división de ingeniería, creada con el fin de racionalizar y planificar las actividades de inversión, construcción y dotación de los centros de formación profesional.
Durante los primeros meses de vida del SENA se establecen las estructuras seccionales en los diversos departamentos del país. En 1957 son creadas las seccionales de Cundinamarca, Antioquia, Valle, Atlántico, Bolívar, Nariño, Cauca y Magdalena. El resto de los departamentos contará con seccional a partir de 1958. El comienzo de las seccionales es más o menos igual en todos los departamentos: las seccionales de las asociaciones gremiales, de la UTC, las secretarías de trabajo y educación, y el obispo de la diócesis nombran sus representantes al Consejo Regional. El Director Nacional, y a veces miembros del Consejo Nacional, viajan a la instalación del Consejo Seccional. Es sumamente importante destacar el papel de los consejos al iniciar labores la seccional respectiva: allí se discuten las normas operativas del SENA, las necesidades de capacitación de la región y se esbozan los primeros planes de actividades; todo esto incluso antes de posesionarse el Director Seccional, para cuyo nombramiento el mismo consejo propone nombres y estudia candidatos. A falta de oficinas, los gremios facilitan las suyas, para las reuniones: en Barranquilla, Cali y Medellín, por ejemplo, se reúnen los consejos en la sede local de la ANDI. El Consejo Nacional autoriza a los presidentes de los consejos seccionales abrir una cuenta bancaria y comenzar la recolección de aportes, mientras se posesiona el Director Seccional correspondiente; de modo que cuando éste comienza a desempeñar sus funciones, se encuentra con una entidad ya en marcha.
Estudio de las necesidades de mano de obra
Se organiza en1958 una encuesta, a nivel nacional, que tiene como objeto captar las necesidades de calificación para la nueva mano de obra que se vincule anualmente a los sectores de la economía nacional y también, las necesidades de capacitación de los trabajadores y empleados entonces ocupados. Este estudio pretende continuar con las investigaciones que sobre formación y capacitación se han venido adelantando en el Ministerio de Trabajo, con la asesoría de los expertos de la OIT; se comienza así a dar cumplimiento a una de las funciones fundamentales asignadas al SENA por el Decreto Ley 164. La encuesta se realiza en todos los departamentos, a excepción de Chocó y Córdoba, sobre una muestra de 5.000 empresas, lo que significa casi el 60 % de las S. 652 empresas aportantes al SENA.
El despegue de la formación profesional
Para 1958, el SENA es ya una realidad; al menos así lo entiende la opinión pública y el sector empresarial, que comienza a hacer efectivos sus aportes desde finales de 1957. Esto hace que las directivas estén colocadas como entre dos fuegos: por una parte, hay que mostrar realidades, comenzar a hacer visibles, en términos de formación profesional, los aportes recibidos; pero, por otro lado, el SENA no puede convertirse en una entidad más, dedicada a improvisar "cursitos?; el hecho de que sea la primera vez que se acometa en Colombia, de una manera orgánica y financiada, la tarea de la formación profesional, hace que no existan las estructuras adecuadas para hacerlo; pretender contribuir en buena parte a satisfacer las necesidades nacionales de formación profesional, implica emplear gran parte de los recursos y del tiempo en planificación, construcción y dotación de aulas, oficinas y talleres adecuados, preparación de los formadores, etc.
El SENA enfrenta esta situación ambigua repartiendo sus recursos operativos y financieros en las dos direcciones. Las necesidades más urgentes de formación profesional son acometidas de una manera inmediata, procurando la mayor economía posible en la asignación de recursos: para ello se aprovechan las entidades de formación profesional existentes, los programas de capacitación puestos en marcha por algunas empresas y el personal ya capacitado y con alguna idea de formación profesional. Es así como, en esta primera etapa, el SENA recibe los bienes y asume la dirección del Instituto de Capacitación Obrera, dicta cursos nocturnos en aulas de algunas escuelas técnicas y suscribe contratos de capacitación profesional, a nivel nacional, con entidades que le suministren algún tipo de apoyo, tales como los Ferrocarriles Nacionales y la Asociación Bancaria.
Al mismo tiempo madura el proyecto de construir unos centros pilotos de formación profesional, con las dotaciones específicas. Se planea la construcción inicial de diez centros para el aprendizaje industrial en las principales ciudades del país y un centro comercial para Bogotá. Esto requiere un estudio cuidadoso desde el punto de vista arquitectónico, un análisis de prioridades de formación y una planeaci6n de inversiones.
Conclusión
Es importante anotar, para entender el desarrollo ulterior de la Entidad, sus crisis y sus logros, que el SENA no nace como respuesta a una necesidad específica de la sociedad.
En realidad, tres son los intereses que convergen y por lo tanto, tres las fuerzas y las expectativas que se hallan presentes en su seno: la empresa privada, con sus necesidades de productividad, crecimiento y expansión; el gobierno, con sus políticas de arbitraje y planificación de los recursos, y los trabajadores, con sus demandas por una mayor capacitación, bienestar y nivel de vida. El SENA, con sus objetivos de capacitación del trabajador y planificación de la mano de obra, está cumpliendo un objetivo único, pero que satisface de manera distinta los intereses de cada uno de los tres estamentos mencionados. Por lo tanto, se puede hablar claramente de una correlación de fuerzas al interior de la entidad, que se traduce en la composición tripartita de su consejo, y que explica, en últimas, las modificaciones en el obrar, y los diversos matices que se irán dando históricamente a una tarea única de capacitación profesional. Por eso también las diferentes posiciones de los estamentos en torno a la gestión de la economía nacional encontrarán eco en la definición de las políticas y planes de una entidad nueva llamada a afectar, de alguna manera, dicha estructura económica.
Algunas inquietudes se reflejan ya desde el comienzo:
1 . El papel del Estado y la Empresa Privada. Para la época de la creación del SENA, los gremios, especialmente en la industria (ANDI) y comercio (FENALCO), se oponen decididamente a un estado fuerte e interventor y abogan por el fortalecimiento de la iniciativa de los sectores privados, aun en labores como el bienestar social, la educación y la capacitación. El poder de presión de estos gremios es indiscutible: ANDI y FENALCO acaban de promover un paro patronal que contribuye a la caída del gobierno de Rojas Pinilla en 1957. La ANDI presta una colaboración decidida a la creación y puesta en marcha del SENA, pero insiste en que debe dársele mucha ¡importancia a la preponderancia de la iniciativa privada en su gestión y se opone repetidamente a la excesiva centralización y oficialismo que se trasluce en el texto del Decreto 164 de 1957.
Estas inquietudes son claramente expuestas por sus voceros en los consejos seccionales y reafirmadas en su XIV Asamblea de 1957, en la resolución???sobre el SENA". Una constancia presentada a la primera sesión del Consejo Nacional (23 de agosto 1957) por el representante de la ANDI, añade a las inquietudes anteriores la necesidad de reformar el Decreto 164, en el sentido de que el Director Nacional no sea elegido por el gobierno, de terna presentada por el Consejo, sino directamente por el Consejo mismo; y que en las seccionales se siga un proceder similar. Dicha constancia es firmada también por los representantes de FENALCO, de la UTC y de la Iglesia. El representante de esta última sostiene la tesis de que la educación, y por lo tanto la capacitación, es una cuestión de iniciativa más privada que oficial.
Dice la constancia:
“ ... deben evitarse desde un principio los errores que han traído dificultades, impopularidad, ineficiencia y tropiezos de todo orden a otras iniciativas análogas y también originalmente bien inspiradas de carácter estatal, que no han podido obtener los objetivos que con ellos se buscaron... “.
2. Los intereses de los trabajadores y las necesidades de la empresa privada no siempre coinciden. En una situación ideal, de economía perfectamente concertada, con posibilidades de pleno empleo, mayor capacitación y planificación de los recursos humanos se traducirían simultáneamente en bienestar para el trabajador y productividad para el empresario. Como este no es el caso en una economía dependiente y de desarrollo muy desigual, el SENA tiene que ir conciliando, en el cumplimiento de sus funciones, estos dos tipos de expectativas; el Decreto 118 de 1957 es ejemplo de concesiones a parte y parte: por un lado se decreta aumento de salarios, subsidio familiar y capacitación para los trabajadores, y por otro se espera que dicha capacitación redunde en bien de la empresa y, ante el temor a una sangría fuerte de sus recursos, simultáneamente se congelan las cesantías de los trabajadores.
3. En la definición de las políticas del SENA no solamente contará la correlación de las fuerzas entre gremios, estado y trabajadores, sino también entre los gremios mismos. El artículo 28 del decreto orgánico del SENA especifica: “los fondos recaudados serán contabilizados separadamente según el sector económico de procedencia, para destinarlos al desarrollo de los programas de formación profesional del respectivo sector”. Aquí parece asignarse al SENA una función más conmutativa (servicios a cambio de aportes) que redistributiva (recaudar aportes de todos, y ofrecer servicios según las necesidades). Así lo entienden los representantes de los diversos gremios y por eso su continua insistencia en que el SENA vaya atendiendo proporcionalmente los diversos sectores aportantes; en caso contrario, creen ellos, el aporte se convierte en un impuesto. El SENA, sin embargo, como expresión de las políticas oficiales, tiene de todos modos que ejercer una tarea redistributiva de los recursos y las oportunidades; además, la cuantía de las inversiones iniciales hace necesario que en un momento dado tenga que concentrarse una buena dosis de recursos financieros en un sector. Para ello cuenta con el 20% de los aportes recaudados por las seccionales, que debe ser enviado a la direcci6n nacional para su mantenimiento y para “auxiliar las regiones y los sectores de actividad con ingresos insuficientes para atender a sus necesidades de formaci6n profesional” (Decreto 164 de 1957, artículo 27).
El Consejo Directivo, gestor de políticas, es foro de confrontación y conciliación de los diversos sectores en él representados. Por ello son tan importantes sus decisiones y deliberaciones en las primeras etapas de vida de la entidad, donde se debate ampliamente la posición de los numerosos estamentos representados: no solamente se definen políticas, sino también se asesora a las directivas en materias administrativas, financieras, de relaciones industriales, y se crean comisiones específicas para estudiar los asuntos que requieran tratamiento especial. El SENA asume desde el comienzo una política de seriedad en la elección de los funcionarios, teniendo en cuenta únicamente sus aptitudes, sin consideraciones de tipo político, racista, religioso o de otra índole. Esto disipa los temores de la empresa privada de que la entidad se convierta en un fortín burocrático, ineficiente y anárquico.
#AmorPorColombia
Antecedentes
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Montería, 1965.
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Manos que siempre trabajan.
Formación en la empresa. Acerías Paz del Río, Boyacá.
El "Vitrinismo" fue una de las primeras especialidades dictadas para el Sector Comercio y Servicios.
Muestra del primer material pedagógico elaborado en el SENA, 1959.
Muestra del primer material pedagógico elaborado en el SENA, 1959.
Texto de: Ricardo Lucio A.
Asesor Nacional de Planeación, SENA
Colombia se presenta, antes de la década del 50, como un típico país subdesarrollado: su economía, eminentemente agrícola, depende de los vaivenes de la economía internacional; sus exportaciones se hallan concentradas en un solo producto agrícola, el café, cuyos precios están sujetos a factores de mercado internacional totalmente ajenos a su control. El sector manufacturero es débil, limitándose casi por completo a la producción de algunos bienes primarios.
Sinembargo, la crisis internacional producida por la segunda guerra mundial trae algunas modificaciones en la estructura económica nacional. Colombia entra en una etapa de sustitución de importaciones, en la cual se desestimula la importación de bienes primarios y se comienza a producir algunos renglones de bienes intermedios. Simultáneamente hay una opción incipiente por una política de diversificación de exportaciones, que da sus primeros resultados hacia el final de la década.
La siguiente es la composición porcentual de las importaciones y de las exportaciones, a comienzos y finales de la década:
Exportaciones | 50-52 | 56-59 |
Café | 77% | 68% |
Petróleo | 16% | 12% |
Banano | 4% | 3% |
Otros | 3% | 17% |
Importaciones | 50-52 | 56-59 |
Bienes de consumo | 19% | 11% |
Materias Primas y Bienes Intermedios | 35% | 46% |
Bienes de Capital | 36% | 31% |
El crecimiento industrial
La gran industria recibe fuertes inyecciones de capital acumulado, provenientes principalmente de las divisas obtenidas por los altos precios del café en los años 1950?54, de las divisas ahorradas por la reducción de las importaciones durante la guerra y de fuertes dosis de capital extranjero que acentúa su presencia en la naciente industria.
Esto hace que el sector industrial registre tasas de crecimiento excepcionalmente altas, sobre todo a comienzos de la década (11.5 % anual para 1945?50 y 8?9 % para 1950?54). El crecimiento es, sin embargo, más que todo coyuntural y desordenado. La productividad aumenta debido más a la mecanización que a la productividad por persona.
Los renglones que registran un mayor crecimiento son el metalmecánico, el de metálicas básicas (por esta época nace la Siderúrgica de Paz del Río), los derivados del petróleo (creación de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol), del carbón y algunos otros como calzado, vestuario, maderas y muebles, productos de caucho, químicos y minerales no metálicos.
Este crecimiento industrial contribuye, entre otras cosas, a lograr una tasa de crecimiento del empleo rara vez alcanzada por el país: de 5 % anual ara 1950?54 pasa a 8 % para 1955?57, cifra esta última que equivale aproximadamente a la generación de 19.000 nuevos empleos por año.
La clasificación de las industrias según la relación existente entre capital y mano de obra empleada nos da cuatro categorías básicas: industrias de máxima densidad de capital, industrias semidensas en capital, industrias semilivianas e industrias livianas. De éstas las que más contribuyen a la generación de empleo son, en primer lugar, las semilivianas (artes gráficas, maderas, cuero, electrodomésticos y manufacturas metálicas) y, en segunda instancia, las de máxima densidad (refinerías, coquerías, siderúrgicas, básicas, papel, química básica).
El sector agropecuario continúa teniendo un peso importante en la economía nacional, contribuye en una tercera parte al producto interno bruto y su participación en el valor agregado para 1958 es el doble de la del sector manufacturero. Es decir, Colombia sigue siendo un país agrícola. No obstante, situaciones críticas como la violencia y la descomposición del campesinado hacen que el sector se encuentre prácticamente estancado, con un índice de crecimiento anual de 2 y 3 %, bastante bajo si se le compara con el crecimiento que registra el sector industrial.
Estructura Demográfica
El censo de 1951 reporta una población total de 11.548.172 habitantes, cifra que llega a 17.484.508 para el censo de 1964. Esto representa una tasa media de crecimiento anual de la población de 3.2 % en el período intercensal, que corresponde prácticamente a la década.
La presión demográfica se acentúa todavía más con el proceso de urbanización, que hace que la participación porcentual de la población urbana pase de 38.7 % en 1951 a 52.8 % en 1964. Así, mientras la tasa anual de crecimiento para la población rural es de 1.2% (1951?1964), para la población urbana es de 5.8 % en el mismo período. Incide aquí notablemente el fenómeno de la migración del campo a la ciudad, la atracción que presentan los nuevos centros fabriles y la búsqueda de oportunidades económicas y sociales por parte de un campesinado que se descompone, debido al fenómeno político, económico y social de la violencia en el campo.
El proceso de urbanización se manifiesta también en una disminución del porcentaje de población económicamente activa vinculado al sector primario de la economía, frente a un aumento de la participación porcentual de los otros dos sectores, más específicamente urbanos, tendencia que se manifiesta ya desde el período intercensal 1938?1951.
Distribución porcentual de la población económicamente activa en los sectores económicos:*
Sectores | 1938 | 1951 | 1964 |
Primario | 75.7 | 55.5 | 48.8 |
Secundario | 11.6 | 15.8 | 17.1 |
Terciario | 12.7 | 25.1 | 30.5 |
Otros | 3.6 | 3.4 |
Las definiciones de los sectores económicos no coinciden exactamente para los tres censos (1938. 1951 y 1964). Los datos han sido ajustados teniendo en cuenta estas diferencias.
Estos fenómenos demográficos implican que contingentes de mano de obra no calificada irán concentrándose en los extensos sectores subnormales de las grandes ciudades colombianas; los más capaces serán enrolados por la industria emergente, el resto tenderá a buscar un modo de subsistencia en las ramas de servicios personales o en actividades con poca exigencia de calificaci6n de los sectores informales de la economía.
Con un crecimiento industrial que se presenta de una manera desordenada, sin una planeación consecuente del desarrollo de la economía nacional, se explica en parte el continuo desequilibrio en la balanza de pagos; la solución a que se acude es la devaluación. La pérdida del poder adquisitivo de la moneda, sumada a la ola de violencia en el campo, el encarecimiento de los productos de primera necesidad y el hecho de que, a pesar el alto índice de generación de empleo, es todavía mayor el volumen de la oferta de trabajo, son ingredientes de un descontento popular generalizado, que no logra expresarse en forma clara, pero que de todos modos presiona por mayor bienestar social y económico.
El gobierno del general Rojas (1953?1957), sin embargo, encuentra dificultades para legislar sobre aumentos salariales: por un lado está la presión de la industria, que teme descapitalizarse en un momento crítico de su crecimiento; se arguye además, contra la medida, haciendo de ella la única responsable de una posible inflación, cuyo fantasma se cierne entonces sobre la economía nacional.
Este juego de fuerzas terminará por imponer, después del cambio de gobierno, un alza general de salarios, más unas políticas de bienestar social, como la creación oficial del Subsidio Familiar. Como contraprestación, el sector patronal logra que en el mismo documento en que se crea el subsidio y el alza salarial se decrete la congelación de las cesantías de los trabajadores. El Servicio Nacional de Aprendizaje aparecerá, a su vez, como un “apéndice” de esta legislación (Decreto 118 de 1957).
Las Organizaciones Sindicales
Aunque las organizaciones de la clase obrera se encuentran debilitadas, no deja de ser importante su papel en la definición de las circunstancias que convergen en la aparición del SENA. La central sindical más antigua, la CTC (Confederación de Trabajadores de Colombia), orientada en la década del 40 por dirigentes liberales y comunistas, se encuentra en un momento crítico de su desarrollo histórico. Esta y otras circunstancias favorecen el fortalecimiento de un nuevo tipo de sindicalismo, agrupado en la UTC (Unión de Trabajadores de Colombia), que se caracteriza por su inspiración cristiana y por su carácter más conciliador que reivindicativo, abogando por una colaboración entre los estamentos que configuran la economía: el estado, los patronos y los trabajadores. Su concepción del hombre integral, que incluye los aspectos técnicos, sociales y personales, va a estar muy presente en la filosofía de la “Formación Profesional” que adoptará el SENA desde su nacimiento. Más que influjo directo de la ideología de la UTC sobre el SENA, se trata de una fuente de inspiración común.
La UTC, además, participa activamente en la configuración y desarrollo del SENA. Ya desde 1954 solicita, en su V Congreso Nacional, la creación de un instituto para la capacitación de los trabajadores. Desde el nacimiento del SENA participará en su Consejo Directivo Nacional, como representación organizada mayoritaria de los trabajadores colombianos. Hasta la reestructuración del SENA en 1968 el presidente del Consejo Nacional del SENA será con frecuencia el representante de la UTC. Esta central, así mismo, colaborará decididamente en la gestión del SENA desde sus comienzos; la reglamentación del contrato de aprendizaje, por ejemplo, contará con el apoyo eficaz del sindicalismo colombiano, que verá en él una nueva respuesta a las necesidades de la clase trabajadora.
Los Organismos Internacionales
La participación creciente del capital extranjero en la economía de los países subdesarrollados hace que los organismos internacionales presionen por una mayor racionalización y organización de su desarrollo económico. Esto implica superar dos deficiencias fundamentales: la planificación de la mano de obra que necesitará el desarrollo industrial y su capacitación.
Los países desarrollados ya habían adoptado sistemas de control estadístico y de capacitación de mano de obra. Francia había desarrollado un modelo bastante completo de formación profesional; EE.UU. había adoptado el sistema de entrenamiento de la industria (TWI), para responder a las necesidades apremiantes de mano de obra calificada durante la guerra. En Brasil 11942) y Argentina (1944) se habían adoptado sistemas de capacitación profesional. La Organi
zación Internacional del Trabajo, OIT, recoge y analiza estas experiencias y las propone de una manera organizada a los países menos desarrollados, como parte de la política de "despegue industrial".
Dentro de este contexto se llevaron a cabo algunas misiones técnicas en Colombia. La Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina, CEPAL, que realizaba estudios sobre la economía colombiana, envió una misión en 1954, con el propósito de estudiar las necesidades de mano de obra industrial y la posibilidad de crear un instituto para su capacitación. Posteriormente, la OIT asesora los siguientes proyectos, anteriores a la creación del SENA:
1. Organización de las estadísticas del trabajo: Noviembre 1954 - Octubre 1955.
2. Estudio sobre las necesidades de mano de obra: Octubre 1955 - Marzo 1957.
3 y 4. Estudio de los sistemas de formación profesional existentes y asesoría en la organización y puesta en marcha del “Instituto Nacional de Capacitación Obrera”: Abril 1955 - Diciembre 1957.
Los primeros intentos
Temas tales como el aprendizaje, la enseñanza industrial y la capacitación se mencionan por primera vez en la legislación colombiana contemporánea en la Ley 143 de 1948. Para la década del 50 ya existen en el país una serie de Escuelas Técnicas dependientes de la División de Educación Industrial y Comercial del Ministerio de Educación. La deserción, sin embargo, es alta: los 48 centros existentes en 1957 tienen un total de 6.028 alumnos inscritos, de los cuales terminaron sus estudios 642.
Los trabajadores aprendían a desempeñar su oficio en el puesto de trabajo sin ninguna metodología; esta situación, aceptable en épocas de estancamiento y poco desarrollo de la industria manufacturera, se hacía insostenible con el crecimiento industrial, con la necesidad de expansión a nuevos mercados y la aplicación de métodos más modernos y cambios drásticos en la productividad. Algunas empresas, por tanto, empiezan a hacer esfuerzos aislados por implantar programas de capacitación y promoción obrera.
En 1954, a instancias de la UTC, el Ministerio de Trabajo crea el Instituto de Capacitación Obrera, que comienza a funcionar en 1956. Con el tiempo estos esfuerzos resultan insuficientes. El crecimiento industrial demanda anualmente la capacitación de 10.000 nuevos trabajadores, sin contar con las necesidades de capacitación de mano de obra ya vinculada al trabajo. Los medios de formación entonces existentes, suponiendo un control eficaz de los índices de deserción, apenas podrían satisfacer un 10% de estas necesidades.
No existe, en primera instancia, una planificación orgánica de la formación profesional, que adecúe las posibilidades de capacitación a las necesidades reales del desarrollo económico. Más aún, no existe una legislación adecuada con respecto a la formación profesional. El aprendizaje, por ejemplo, no cuenta con normas clara como punto de referencia para empleadores y empleados. Las referencias del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 143 de 1948 y los reglamentos de trabajo son ambiguos: no están reglamentados ni las condiciones que debe reunir el aprendiz, ni un sistema metódico de capacitación, ni la duración y características del aprendizaje, ni existe organismo alguno con recursos suficientes que oriente y controle la acción. Las instituciones entonces existentes afrontan el crónico problema de la falta de recursos y organización adecuada para suplir las necesidades en este campo.
Por este tiempo cerca de 25 técnicos y profesionales han tenido la oportunidad de visitar el Servicio Nacional de Aprendizaje Industrial del Brasil, SENAI, en una especie de programa de formación de formadores y tomar conciencia de lo mucho que se podría hacer al respecto, contando con los recursos y estructuras adecuadas. A este grupo habrá de recurrir el naciente SENA, para comenzar eficazmente la tarea de la formación profesional en Colombia.
Los hechos
Desde comienzos de la década se habla del subsidio familiar. Jaime Sanín Echeverry lo propone por primera vez al país en 1951. Para mediados de la década ya se ha establecido en algunas empresas, especialmente en Medellín; sin embargo, la idea de destinar a su financiación un porcentaje uniforme sobre la nómina pagada en todo el territorio nacional, es mirada todavía con desconfianza por los gremios; por eso el decreto del 5 % no alcanza a ser publicado por el gobierno de Rojas Pinilla (1953?1957). El texto del decreto se elabora definitivamente durante el primer mes del gobierno de la Junta Militar.
En 1957 estaban a punto de fracasar los esfuerzos de la OIT y del Ministerio de Trabajo por crear un sistema organizado y eficaz de aprendizaje y capacitación profesional debido, principalmente, al inadecuado financiamiento con que contaba la empresa. Por esto, parece, se añade a última hora un artículo adicional al decreto que crea el subsidio familiar en Colombia, especificando que del 5% sobre la nómina de salarios que recaudarían las Cajas de Compensación Familiar de los patronos del país, una quinta parte (1%) irá destinada a la creación y mantenimiento del Servicio Nacional de Aprendizaje. Este origen común explica el vínculo estrecho que existe entre el SENA y las Cajas de Compensación Familiar.
Así interpreta Emiliani Román la adición, a Última hora, del artículo que crea el SENA:
“Cuando se supo que yo iba a proponer la creación del subsidio familiar, tuve la visita de dos personas que fueron decisivas en la creación del SENA: Joao Salles Da Silva especialista de la OIT en Colombia para la formación profesional, y el doctor Rodolfo Martínez Tono, Director de la Escuela de Capacitación Obrera del Ministerio de Trabajo. Ellos me dijeron que Salles Da Silva consideraba fracasada su misión en Colombia, porque no había podido crear un organismo que se dedicara a la capacitación de los trabajadores y a la formación profesional de aprendices; que ya había decidido irse de Colombia pero que, al saber que yo tenía listo un decreto sobre subsidio familiar, sus esperanzas habían renacido. Me visitaban para plantear lo siguiente: así como en Brasil existía un organismo llamado SENAI para la capacitación de trabajadores y formación profesional de aprendices, que se financiaba con un 1 % sobre los salarios, me solicitaban que del porcentaje que yo proyectaba destinar al subsidio familiar ?el 5% de las nóminas de todos los trabajadores del país ? destinara un 1 % al SENA, institución que vendría a ocupar, en Colombia, funciones similares a las del SENAI en Brasil. De inmediato ordené que en uno de los artículos del decreto, el artículo 8 del Decreto 118 de 1957, se estableciera el Servicio Nacional de Aprendizaje, a cargo de los patronos a que se refiere el artículo anterior. Ese artículo, el séptimo, establecía el subsidio familiar obligatorio para todos los patronos del país que tuvieran 100 milpesos de capital o veinte trabajadores permanentes. Por su parte, el artículo 9 indicaba que el 5% de la nómina mensual de salarios se distribuiría así: un 4% para el subsidio familiar y un 1 % para el Servicio Nacional de Aprendizaje.
Así nació el SENA…”
El Decreto 118 (21 de junio de 1957)
Este primer decreto, dictado al mes de posesionarse el nuevo gobierno de la Junta Militar, es expresión de una política de bienestar social, que viene a responder al descontento popular reinante:
“Por el cual se decretan aumentos de salarios, se establece el subsidio familiar y se crea el Servicio Nacional de Aprendizaje”.
Estas medidas significan una erogación adicional para el empresario. Los gremios, por lo tanto, demandan una contraprestación, que se incluye en el mismo decreto:
“Artículo6: Congélanse las cesantías de los trabajadores particulares y de las empresas públicas descentralizadas en 30 de junio de 1957”.
Del SENA sólo se dice que se crea (artículo 8 9) y que debe financiarse con la quinta parte (1 %) del aporte patronal al subsidio familiar (5 % sobre la nómina).
El Decreto 164 (6 de agosto de 1957)
Este decreto da una visión más completa de la entidad recientemente creada. Por su importancia se transcribe el texto completo:
Por la cual se organiza el Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA" y se dictan otras disposiciones.
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto No. 118 de 21 de junio de 1957, se creó el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”,
DECRETA:
I. Naturaleza
Artículo 1.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) es un organismo descentralizado, con personería jurídica y patrimonio propio.
II. Objeto
Artículo 2.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) dará formación profesional a los trabajadores jóvenes y adultos de la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería y la minería. Dicha labor tendrá por objeto la preparación técnica del trabajador y la formación de ciudadanos socialmente Útiles y responsables, que posean los valores morales y culturales indispensables para el mantenimiento de la paz social, dentro de los principios de la justicia cristiana.
Artículo 3.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) cumplirá los siguientes fines:
- a) Colaborar con los patronos y los trabajadores para establecer un sistema nacional de aprendizaje, promoción obrera y formación profesional acelerada de adultos, el cual deberá tener unidad de principios y métodos apropiados para atender a las necesidades peculiares de mano de obra de las empresas y formas de producción existentes en las diferentes regiones del país;
- b) Organizar y mantener en todo el país la enseñanza teórica y práctica de aquellos oficios u ocupaciones cuyo conocimiento por parte de los aprendices exija una formación profesional metódica, ya sea en centros de aprendizaje o dentro de las respectivas empresas;
- c) Seleccionar los candidatos al aprendizaje y orientarlos profesionalmente;
- d) Organizar cursos complementarios de preparación, adiestramiento,perfeccionamiento y especialización para los trabajadores técnicos y administrativos de todos los niveles;
- e) Contribuir al desarrollo de investigaciones que se relacionen con la organización científica del trabajo en todos sus aspectos, y
- f) Cooperar al mejoramiento cultural y técnico de los trabajadores con la finalidad de aumentar su productividad y elevar por este medio su nivel de vida.
III. Dirección
Artículo 4.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) será dirigido por:
- a) El Consejo Nacional, y
- b) La Dirección Nacional.
En el plano regional el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) será dirigido por:
- a) Los Consejos Seccionales, y
- b) Las Direcciones Seccionales
Artículo 5. El Consejo Nacional estará integrado por:
*a) El Ministro del Trabajo o un representante suyo;
*b) El Ministro de Educación o un representante suyo;
*c) Un representante del Cardenal Arzobispo Primado de Colombia y su respectivo suplente;
*d) Un representante de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI) y su respectivo suplente;
*e) Un representante de la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y su respectivo suplente;
*f) Un representante de los agricultores y ganaderos y su respectivo suplente; y
*g) Un representante de los trabajadores y su respectivo suplente.
Artículo 6.
Cada una de las entidades gremiales enunciadas en el artículo anterior nombrará libremente su representante y su respectivo suplente en el Consejo Nacional.
Articulo 7.
El representante de los agricultores y de los ganaderos y su respectivo suplente, serán escogidos de común acuerdo por la Sociedad de Agricultores de Colombia y la Federación Nacional de Ganaderos.
El representante de los trabajadores y su respectivo suplente en el Consejo Nacional y en los Consejos Seccionales serán designados por la Confederación que acredite ante el Ministerio del Trabajo tener el mayor número de sindicatos afiliados a ella.
Artículo 8.
El Director Nacional formará parte del Consejo Nacional donde tendrá voz pero no voto.
Artículo 9.
El Consejo Nacional se reunirá por derecho propio una vez cada mes, o por citación del Director Nacional.
Artículo 10.
Son funciones del Consejo Nacional, entre otras:
*a) Elegir, por mayoría de votos, el Presidente y el Vicepresidente del Consejo para un período de dos años;
*b) Presentar al Gobierno Nacional una terna para nombramiento del Director Nacional;
*c) Proponer al Gobierno Nacional las medidas legales que estime necesarias para obtener una mayor eficacia del servicio;
*d) Aprobar, a solicitud del Director Nacional:
*1 . El estatuto orgánico del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
*2. Las normas que deben ser seguidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) para la elección, orientación y formación profesionales, los planes y programas de estudio, y el funcionamiento de los distintos cursos;
*3.Los planes de construcción y dotación de los centros de aprendizaje;
*4. La relación de oficios u ocupaciones que requieran una formación profesional metódica;
*5. La creación de los cargos de la Dirección Nacional y la determinación de todas las asignaciones;
*6. La organización de la carrera administrativa de los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje, estableciendo requisitos severos para el ingreso, preferentemente concursos, garantizando la estabilidad y los ascensos con fundamento en la competencia, productividad, tiempo de servicio y las cualidades morales de los mismos;
*7. El presupuesto de la Dirección Nacional;
*8. Los presupuestos y la creeación de los cargos y las respectivas asignaciones de las direcciones seccionales;
*9. Los gastos ordenados por el director nacional cuando excedan de la suma fijada por el propio Consejo;
*10. Los contratos que celebren el Director Nacional y los Directores Seccionales, cuando la cuantía de los mismos exceda de la suma fijada por el propio Consejo;
*11. Los contratos celebrados por la Dirección Nacional y por las Direcciones Seccionales con establecimientos de enseñanza técnica, públicos o privados o con otras Direcciones Seccionales;
*12. El programa de becas: para los trabajadores de las empresas y para los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
*13. Los nombramientos de los Directores Seccionales; y
*14. El informe anual de la Dirección Nacional.
e) Nombrar:
*1. El Revisor Fiscal de la Dirección Nacional, señalando sus respectivas funciones;
*2. Representantes, entre personas vinculadas al SENA a las Conferencias o Seminarios Nacionales e Internacionales, que sean de interés para la Institución, y
- 3.Comisiones de asesoría técnica.
- f) Servir de órgano asesor del Gobierno Nacional en todo lo relacionado con la formación profesional de los trabadores, y
- g) Dictar su propio reglamento.
Artículo 11.
La Dirección Nacional es un órgano de planeamiento, coordinación, ejecución y control. Será ejercida por un Director Nacional nombrado por el Gobierno Nacional en la forma prescrita por la letra b) del artículo anterior, para
períodos de cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Artículo 12.
Son requisitos para poder ser nombrado Director General:
- a) Poseer un título universitario; y
- b) Tener experiencia en formación profesional.
Artículo 13.
Son funciones del Director Nacional, entre otras:
- a) Representar legalmente al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) o delegar dicha representación con la aprobación del Consejo Nacional;
- b) Presentar a la aprobación del Consejo Nacional lo comprendido en la letra d) numerales 1 a 14 del artículo 10;
- c ) Organizar, orientar y dirigir todas las actividades del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA);
- d) Supervigilar el funcionamiento de las Direcciones Seccionales y ofrecerles la asistencia técnica que estime conveniente;
*e) Organizar, de manera sistemática, el aprendizaje dentro de las empresas por medio de convenios celebrados con éstas;
- f) Realizar en todo el país investigaciones estadísticas sobre las necesidades de mano de obra;
- g) Nombrar:
- 1. El personal de la Dirección Nacional, y
- 2. Los Directores Seccionales;
- h) Ordenar los gastos necesarios para el funcionamiento de la Dirección Nacional, hasta por la suma fijada por el Consejo Nacional;
- i) Distribuir los fondos provenientes del 20% de que trata el artículo 27 de este decreto;
- j) Aprobar los informes anuales que le deben presentar los Directores Seccionales;
- k) Contratar servicios con planteles de enseñanza técnica, públicos o privados, y
- l) Celebrar todos los contratos que requiera la buena marcha del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Artículo 14.
En todos los departamentos se organizarán Consejos y Direcciones Seccionales.
Artículo 15.
Cuando los ingresos de un Departamento fueren insuficientes para lograr los objetivos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), la respectiva Dirección Seccional podrá, previa aprobación de la Dirección Nacional, celebrar contratos sobre servicios de formación profesional con otras Direcciones Seccionales o con establecimientos de enseñanza técnica, públicos o privados del mismo departamento.
Artículo 16.
Los Consejos Seccionales serán integrados por:
- a) Un representante del Ministerio del Trabajo y su respectivo suplente;
- b) Un representante del Ministerio de Educación Nacional y su respectivo suplente;
- c) Un representante del Arzobispo u Obispo que tenga jurisdicción en la correspondiente capital del departamento y su respectivo suplente;
- d) Un representante de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI) y su respectivo suplente;
- e) Un representante de la Asociación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y su respectivo suplente;
- f) Un representante de los agricultores y ganaderos y su respectivo suplente, y
- g) Un representante de los trabajadores y su respectivo suplente.
Artículo 17.
Cada una de las entidades gremiales enumeradas en el artículo anterior nombrará libremente su representante y respectivo suplente en los Consejos Seccionales. En los Departamentos donde no hubiere Seccional de la entidad interesada, la designación del representante del sector económico correspondiente la hará el Consejo Nacional.
Artículo 18.
El Director Seccional formará parte del Consejo Seccional donde tendrá voz pero no voto.
Artículo 19.
Los representantes del Ministerio del Trabajo, del Ministerio de Educación Nacional y del Arzobispo u Obispo en los Consejos Seccionales serán designados por las mencionadas autoridades.
Artículo 20.
Son funciones de los Consejos Seccionales, entre otras:
- a) Elegir por mayoría de votos el Presidente y el Vicepresidente del Consejo para períodos de dos años.
- b) Presentar al Consejo Nacional los proyectos que estime convenientes para obtener una mayor eficacia del servicio.
- c) Aprobar a solicitud del Director Seccional:
- 1 . El estatuto orgánico de la Dirección Seccional;
- 2. El presupuesto de la Dirección Seccional, el cual se someterá a la aprobación del Consejo Nacional;
- 3. Los gastos ordenados por el Director Seccional cuando excedan de la suma fijada por el propio Consejo Seccional;
- 4. La creación de los cargos de la Dirección Seccional y la determinación de todas las asignaciones debiendo ser ratificadas por el Consejo Nacional;
- 5. Los planes de los distintos cursos, los cuales deberán estar de acuerdo con las normas establecidas por la Dirección Nacional;
- 6. Los planes de ubicación de los centros de aprendizaje;
- 7. Los contratos que celebre el Director Nacional con otras seccionales o establecimientos de enseñanza técnica privados, y
- 8. El informe anual del Director Seccional.
- d)Nombrar el Revisor Fiscal Seccional y señalar sus funciones, y
- e) Dictar su propio reglamento.
Artículo 21.
Los Consejos Seccionales se reunirán por derecho propio una vez cada mes, o por citación del Director Seccional.
Artículo 22.
La Dirección Seccional es un órgano de planeamiento, ejecución y control. Será ejercida por un Director Seccional, nombrado por el Director Nacional para períodos de cuatro años.
Artículo 23.
Son funciones del Director Seccional, entre otras:
- a) Representar al Director Nacional ante los Sectores Económicos de su respectivo departamento;
- b) Presentar a la aprobación del Consejo Seccional lo enunciado en la letra c) numeral 1 a 8? del artículo 20;
- e) Organizar y dirigir los servicios de la Dirección Seccional siguiendo las normas que para el efecto fueren establecidas por la Dirección Nacional;
- d) Organizar, orientar y supervigilar el funcionamiento de los centros de aprendizaje de los cursos existentes en el departamento;
- e) Organizar la selección, orientación y formaci6n profesionales, los programas y planes de estudio de acuerdo con las normas dictadas por la Dirección Nacional;
- f) Ordenar gastos hasta por la suma fijada por el Consejo Seccional;
- g) Celebrar, con la aprobación de los Consejos Seccional y Nacional contratos sobre servicios de formación profesional con otras direcciones seccionales y con establecimientos públicos o privados de enseñanza técnica, del mismo departamento, y
- h) Celebrar los contratos que requiera la buena marcha del Servicio en su respectivo departamento.
IV. Financiación
Artículo 24.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se financiará con la contribución prevista en el artículo 9 del Decreto No. 118 del 21 de junio de 1957, y con los aportes voluntarios, herencias, legados, donaciones y las sumas provenientes de las sanciones legales que imponga el Ministerio del Trabajo por fraudes o violaciones a las normas del Código Sustantivo del Trabajo y, demás disposiciones que lo adicionan y reforman.
Artículo 25.
El Gobierno Nacional destinará obligatoriamente una partida anual en el presupuesto del Ministerio del Trabajo como cooperación al desarrollo de los planes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Articulo 26.
Las Cajas de Compensación deberán remitir a la Dirección Seccional correspondiente, mes por mes, la cuota destinada al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), discriminada por sectores económicos.
Artículo 27.
En cada Departamento se aplicará a la realización de los objetivos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) el ochenta por ciento de los fondos recaudados. El veinte por ciento restante será remitido por las Directivas Seccionales a la Dirección Nacional y se destinará por decisión del Director Nacional:
- a) Al sostenimiento de la Dirección Nacional, y
- b) A auxiliar las regiones y los sectores de actividad con ingresos insuficientes para atender a sus necesidades de formación profesional.
Artículo 28.
Los fondos recaudados serán contabilizados separadamente según el sector económico de procedencia, para destinarlos al desarrollo de los programas de formación profesional del respectivo sector.
Artículo 29.
Los bienes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y todas sus actividades estarán exentos de impuestos nacionales, departamentales y municipales.
Artículo 30.
Las transferencias a título gratuito u oneroso, las herencias o legados a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) estarán, exentos de toda clase de impuestos.
Artículo 31.
El artículo 12 del Decreto 118 del 21 de junio de 1957, quedará así: Artículo 12. Las Cajas que se establezcan en virtud del artículo anterior tendrán a su cargo la redistribución entre los trabajadores afiliados del fondo destinado al subsidio familiar y la remisión al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) del uno por ciento que se le destina en el artículo 9? del presente decreto.
V. Control
Artículo 32.
El control del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) corresponderá al Revisor nombrado por el Consejo Nacional y a los Revisores Fiscales Seccionales nombrados por los Consejos Seccionales.
VI. Colaboración con las entidades públicas y privadas.
Artículo 33.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) podrá contratar con planteles públicos y privados de enseñanza técnica, los servicios que fueren necesarios para el desarrollo de sus programas de formación profesional, cuando tales establecimientos llenen los requisitos que para el efecto establezca la Dirección Nacional
Artículo 34.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) solicitará por intermedio del Ministerio de Relaciones, Exteriores, asesoría a los Organismos Internacionales de Asistencia Técnica.
VII. Disposiciones Finales
Artículo 35.
Dentro de los 15 días siguientes a la vigencia del presente Decreto se deberán integrar el Consejo Nacional y los Consejos Seccionales. En caso de que las personas y entidades a que se refieren los artículos 5 y 15 de este Decreto no procedan a nombrar, en el término previsto sus respectivos representantes y suplentes, el Gobierno Nacional hará las correspondientes designaciones.
Artículo 36.
La Nación cede a título gratuito al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) todos los bienes pertenecientes al Instituto Nacional de Capacitación Obrera, dependiente del Ministerio del Trabajo.
Artículo 37.
El Consejo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), deberá presentar al Gobierno recomendaciones y proyectos sobre el contrato de aprendizaje.
Articulo 38.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Cúmplase y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a los seis días del mes de agosto de 1957.
Primeras actividades
La primera tarea del SENA es consolidar su estructura normativa para clarificar lo más posible los criterios de su acción. Entre 1957 y 1958 el Consejo Nacional expide una serie de normas, llamadas primero Resoluciones y más tarde Acuerdos, sobre organización interna, plantas de personal, funcionamiento de la dirección nacional y de las seccionales, presupuesto y manejo contable, etc. La más importante de estas normas es el Acuerdo 14, que estuvo en estudio durante casi todo el año de 1958, para firmarse en forma definitiva el 23 de octubre. Por este acuerdo, se aprueba el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Aprendizaje, que consta de los siguientes capítulos:
- Naturaleza y Objeto del “SENA”
- De la Organización del "SENA"
- Del Consejo Nacional
- De la Dirección Nacional
- Del Comité de Planeaci6n
- De la Organización Regional
- De la financiación
- De la Vigilancia y Control
- Reformas
Paralelamente, se van integrando los diversos estamentos administrativos y ejecutivos que componen la estructura funcional del SENA.
El 23 de agosto de 1957 tiene lugar la primera sesión del Consejo Nacional, en el despacho del Ministro de Trabajo, y bajo la presidencia de éste. Como consejeros asisten,
- El Ministro de Trabajo, Raimundo Emiliani Román
- Por el Ministerio de Educación, Marco Aurelio Bernal Por la Iglesia, Padre Héctor Jaramillo
- Por la ANDI, Mario Galán G.
- Por los trabajadores, Antonio Díaz de la UTC
Más adelante ingresará al Consejo, por parte de los agricultores y ganaderos colombianos, Manuel Forero U.
En esta primera sesión del Consejo se propone formalmente, para la Dirección Nacional del SENA, la terna compuesta por el Padre Pablo Medellín, Ernesto Barriga y Rodolfo Martínez Tono quien, nombrado por el Gobierno Nacional en agosto de 1957, ocupará el cargo hasta 1974.
Dos tareas debe acometer el SENA: el estudio, codificación y sistematización de la oferta y demanda de mano de obra, y la capacitación profesional. Por esto, el primer organigrama establece dos estructuras para estas dos funciones básicas: la división de mano de obra y la división de formación profesional, de la Dirección Nacional. A ellas se añade la división administrativa, como apoyo logístico y la división de ingeniería, creada con el fin de racionalizar y planificar las actividades de inversión, construcción y dotación de los centros de formación profesional.
Durante los primeros meses de vida del SENA se establecen las estructuras seccionales en los diversos departamentos del país. En 1957 son creadas las seccionales de Cundinamarca, Antioquia, Valle, Atlántico, Bolívar, Nariño, Cauca y Magdalena. El resto de los departamentos contará con seccional a partir de 1958. El comienzo de las seccionales es más o menos igual en todos los departamentos: las seccionales de las asociaciones gremiales, de la UTC, las secretarías de trabajo y educación, y el obispo de la diócesis nombran sus representantes al Consejo Regional. El Director Nacional, y a veces miembros del Consejo Nacional, viajan a la instalación del Consejo Seccional. Es sumamente importante destacar el papel de los consejos al iniciar labores la seccional respectiva: allí se discuten las normas operativas del SENA, las necesidades de capacitación de la región y se esbozan los primeros planes de actividades; todo esto incluso antes de posesionarse el Director Seccional, para cuyo nombramiento el mismo consejo propone nombres y estudia candidatos. A falta de oficinas, los gremios facilitan las suyas, para las reuniones: en Barranquilla, Cali y Medellín, por ejemplo, se reúnen los consejos en la sede local de la ANDI. El Consejo Nacional autoriza a los presidentes de los consejos seccionales abrir una cuenta bancaria y comenzar la recolección de aportes, mientras se posesiona el Director Seccional correspondiente; de modo que cuando éste comienza a desempeñar sus funciones, se encuentra con una entidad ya en marcha.
Estudio de las necesidades de mano de obra
Se organiza en1958 una encuesta, a nivel nacional, que tiene como objeto captar las necesidades de calificación para la nueva mano de obra que se vincule anualmente a los sectores de la economía nacional y también, las necesidades de capacitación de los trabajadores y empleados entonces ocupados. Este estudio pretende continuar con las investigaciones que sobre formación y capacitación se han venido adelantando en el Ministerio de Trabajo, con la asesoría de los expertos de la OIT; se comienza así a dar cumplimiento a una de las funciones fundamentales asignadas al SENA por el Decreto Ley 164. La encuesta se realiza en todos los departamentos, a excepción de Chocó y Córdoba, sobre una muestra de 5.000 empresas, lo que significa casi el 60 % de las S. 652 empresas aportantes al SENA.
El despegue de la formación profesional
Para 1958, el SENA es ya una realidad; al menos así lo entiende la opinión pública y el sector empresarial, que comienza a hacer efectivos sus aportes desde finales de 1957. Esto hace que las directivas estén colocadas como entre dos fuegos: por una parte, hay que mostrar realidades, comenzar a hacer visibles, en términos de formación profesional, los aportes recibidos; pero, por otro lado, el SENA no puede convertirse en una entidad más, dedicada a improvisar "cursitos?; el hecho de que sea la primera vez que se acometa en Colombia, de una manera orgánica y financiada, la tarea de la formación profesional, hace que no existan las estructuras adecuadas para hacerlo; pretender contribuir en buena parte a satisfacer las necesidades nacionales de formación profesional, implica emplear gran parte de los recursos y del tiempo en planificación, construcción y dotación de aulas, oficinas y talleres adecuados, preparación de los formadores, etc.
El SENA enfrenta esta situación ambigua repartiendo sus recursos operativos y financieros en las dos direcciones. Las necesidades más urgentes de formación profesional son acometidas de una manera inmediata, procurando la mayor economía posible en la asignación de recursos: para ello se aprovechan las entidades de formación profesional existentes, los programas de capacitación puestos en marcha por algunas empresas y el personal ya capacitado y con alguna idea de formación profesional. Es así como, en esta primera etapa, el SENA recibe los bienes y asume la dirección del Instituto de Capacitación Obrera, dicta cursos nocturnos en aulas de algunas escuelas técnicas y suscribe contratos de capacitación profesional, a nivel nacional, con entidades que le suministren algún tipo de apoyo, tales como los Ferrocarriles Nacionales y la Asociación Bancaria.
Al mismo tiempo madura el proyecto de construir unos centros pilotos de formación profesional, con las dotaciones específicas. Se planea la construcción inicial de diez centros para el aprendizaje industrial en las principales ciudades del país y un centro comercial para Bogotá. Esto requiere un estudio cuidadoso desde el punto de vista arquitectónico, un análisis de prioridades de formación y una planeaci6n de inversiones.
Conclusión
Es importante anotar, para entender el desarrollo ulterior de la Entidad, sus crisis y sus logros, que el SENA no nace como respuesta a una necesidad específica de la sociedad.
En realidad, tres son los intereses que convergen y por lo tanto, tres las fuerzas y las expectativas que se hallan presentes en su seno: la empresa privada, con sus necesidades de productividad, crecimiento y expansión; el gobierno, con sus políticas de arbitraje y planificación de los recursos, y los trabajadores, con sus demandas por una mayor capacitación, bienestar y nivel de vida. El SENA, con sus objetivos de capacitación del trabajador y planificación de la mano de obra, está cumpliendo un objetivo único, pero que satisface de manera distinta los intereses de cada uno de los tres estamentos mencionados. Por lo tanto, se puede hablar claramente de una correlación de fuerzas al interior de la entidad, que se traduce en la composición tripartita de su consejo, y que explica, en últimas, las modificaciones en el obrar, y los diversos matices que se irán dando históricamente a una tarea única de capacitación profesional. Por eso también las diferentes posiciones de los estamentos en torno a la gestión de la economía nacional encontrarán eco en la definición de las políticas y planes de una entidad nueva llamada a afectar, de alguna manera, dicha estructura económica.
Algunas inquietudes se reflejan ya desde el comienzo:
1 . El papel del Estado y la Empresa Privada. Para la época de la creación del SENA, los gremios, especialmente en la industria (ANDI) y comercio (FENALCO), se oponen decididamente a un estado fuerte e interventor y abogan por el fortalecimiento de la iniciativa de los sectores privados, aun en labores como el bienestar social, la educación y la capacitación. El poder de presión de estos gremios es indiscutible: ANDI y FENALCO acaban de promover un paro patronal que contribuye a la caída del gobierno de Rojas Pinilla en 1957. La ANDI presta una colaboración decidida a la creación y puesta en marcha del SENA, pero insiste en que debe dársele mucha ¡importancia a la preponderancia de la iniciativa privada en su gestión y se opone repetidamente a la excesiva centralización y oficialismo que se trasluce en el texto del Decreto 164 de 1957.
Estas inquietudes son claramente expuestas por sus voceros en los consejos seccionales y reafirmadas en su XIV Asamblea de 1957, en la resolución???sobre el SENA". Una constancia presentada a la primera sesión del Consejo Nacional (23 de agosto 1957) por el representante de la ANDI, añade a las inquietudes anteriores la necesidad de reformar el Decreto 164, en el sentido de que el Director Nacional no sea elegido por el gobierno, de terna presentada por el Consejo, sino directamente por el Consejo mismo; y que en las seccionales se siga un proceder similar. Dicha constancia es firmada también por los representantes de FENALCO, de la UTC y de la Iglesia. El representante de esta última sostiene la tesis de que la educación, y por lo tanto la capacitación, es una cuestión de iniciativa más privada que oficial.
Dice la constancia:
“ ... deben evitarse desde un principio los errores que han traído dificultades, impopularidad, ineficiencia y tropiezos de todo orden a otras iniciativas análogas y también originalmente bien inspiradas de carácter estatal, que no han podido obtener los objetivos que con ellos se buscaron... “.
2. Los intereses de los trabajadores y las necesidades de la empresa privada no siempre coinciden. En una situación ideal, de economía perfectamente concertada, con posibilidades de pleno empleo, mayor capacitación y planificación de los recursos humanos se traducirían simultáneamente en bienestar para el trabajador y productividad para el empresario. Como este no es el caso en una economía dependiente y de desarrollo muy desigual, el SENA tiene que ir conciliando, en el cumplimiento de sus funciones, estos dos tipos de expectativas; el Decreto 118 de 1957 es ejemplo de concesiones a parte y parte: por un lado se decreta aumento de salarios, subsidio familiar y capacitación para los trabajadores, y por otro se espera que dicha capacitación redunde en bien de la empresa y, ante el temor a una sangría fuerte de sus recursos, simultáneamente se congelan las cesantías de los trabajadores.
3. En la definición de las políticas del SENA no solamente contará la correlación de las fuerzas entre gremios, estado y trabajadores, sino también entre los gremios mismos. El artículo 28 del decreto orgánico del SENA especifica: “los fondos recaudados serán contabilizados separadamente según el sector económico de procedencia, para destinarlos al desarrollo de los programas de formación profesional del respectivo sector”. Aquí parece asignarse al SENA una función más conmutativa (servicios a cambio de aportes) que redistributiva (recaudar aportes de todos, y ofrecer servicios según las necesidades). Así lo entienden los representantes de los diversos gremios y por eso su continua insistencia en que el SENA vaya atendiendo proporcionalmente los diversos sectores aportantes; en caso contrario, creen ellos, el aporte se convierte en un impuesto. El SENA, sin embargo, como expresión de las políticas oficiales, tiene de todos modos que ejercer una tarea redistributiva de los recursos y las oportunidades; además, la cuantía de las inversiones iniciales hace necesario que en un momento dado tenga que concentrarse una buena dosis de recursos financieros en un sector. Para ello cuenta con el 20% de los aportes recaudados por las seccionales, que debe ser enviado a la direcci6n nacional para su mantenimiento y para “auxiliar las regiones y los sectores de actividad con ingresos insuficientes para atender a sus necesidades de formaci6n profesional” (Decreto 164 de 1957, artículo 27).
El Consejo Directivo, gestor de políticas, es foro de confrontación y conciliación de los diversos sectores en él representados. Por ello son tan importantes sus decisiones y deliberaciones en las primeras etapas de vida de la entidad, donde se debate ampliamente la posición de los numerosos estamentos representados: no solamente se definen políticas, sino también se asesora a las directivas en materias administrativas, financieras, de relaciones industriales, y se crean comisiones específicas para estudiar los asuntos que requieran tratamiento especial. El SENA asume desde el comienzo una política de seriedad en la elección de los funcionarios, teniendo en cuenta únicamente sus aptitudes, sin consideraciones de tipo político, racista, religioso o de otra índole. Esto disipa los temores de la empresa privada de que la entidad se convierta en un fortín burocrático, ineficiente y anárquico.