- Botero esculturas (1998)
- Salmona (1998)
- El sabor de Colombia (1994)
- Wayuú. Cultura del desierto colombiano (1998)
- Semana Santa en Popayán (1999)
- Cartagena de siempre (1992)
- Palacio de las Garzas (1999)
- Juan Montoya (1998)
- Aves de Colombia. Grabados iluminados del Siglo XVIII (1993)
- Alta Colombia. El esplendor de la montaña (1996)
- Artefactos. Objetos artesanales de Colombia (1992)
- Carros. El automovil en Colombia (1995)
- Espacios Comerciales. Colombia (1994)
- Cerros de Bogotá (2000)
- El Terremoto de San Salvador. Narración de un superviviente (2001)
- Manolo Valdés. La intemporalidad del arte (1999)
- Casa de Hacienda. Arquitectura en el campo colombiano (1997)
- Fiestas. Celebraciones y Ritos de Colombia (1995)
- Costa Rica. Pura Vida (2001)
- Luis Restrepo. Arquitectura (2001)
- Ana Mercedes Hoyos. Palenque (2001)
- La Moneda en Colombia (2001)
- Jardines de Colombia (1996)
- Una jornada en Macondo (1995)
- Retratos (1993)
- Atavíos. Raíces de la moda colombiana (1996)
- La ruta de Humboldt. Colombia - Venezuela (1994)
- Trópico. Visiones de la naturaleza colombiana (1997)
- Herederos de los Incas (1996)
- Casa Moderna. Medio siglo de arquitectura doméstica colombiana (1996)
- Bogotá desde el aire (1994)
- La vida en Colombia (1994)
- Casa Republicana. La bella época en Colombia (1995)
- Selva húmeda de Colombia (1990)
- Richter (1997)
- Por nuestros niños. Programas para su Proteccion y Desarrollo en Colombia (1990)
- Mariposas de Colombia (1991)
- Colombia tierra de flores (1990)
- Los países andinos desde el satélite (1995)
- Deliciosas frutas tropicales (1990)
- Arrecifes del Caribe (1988)
- Casa campesina. Arquitectura vernácula de Colombia (1993)
- Páramos (1988)
- Manglares (1989)
- Señor Ladrillo (1988)
- La última muerte de Wozzeck (2000)
- Historia del Café de Guatemala (2001)
- Casa Guatemalteca (1999)
- Silvia Tcherassi (2002)
- Ana Mercedes Hoyos. Retrospectiva (2002)
- Francisco Mejía Guinand (2002)
- Aves del Llano (1992)
- El año que viene vuelvo (1989)
- Museos de Bogotá (1989)
- El arte de la cocina japonesa (1996)
- Botero Dibujos (1999)
- Colombia Campesina (1989)
- Conflicto amazónico. 1932-1934 (1994)
- Débora Arango. Museo de Arte Moderno de Medellín (1986)
- La Sabana de Bogotá (1988)
- Casas de Embajada en Washington D.C. (2004)
- XVI Bienal colombiana de Arquitectura 1998 (1998)
- Visiones del Siglo XX colombiano. A través de sus protagonistas ya muertos (2003)
- Río Bogotá (1985)
- Jacanamijoy (2003)
- Álvaro Barrera. Arquitectura y Restauración (2003)
- Campos de Golf en Colombia (2003)
- Cartagena de Indias. Visión panorámica desde el aire (2003)
- Guadua. Arquitectura y Diseño (2003)
- Enrique Grau. Homenaje (2003)
- Mauricio Gómez. Con la mano izquierda (2003)
- Ignacio Gómez Jaramillo (2003)
- Tesoros del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. 350 años (2003)
- Manos en el arte colombiano (2003)
- Historia de la Fotografía en Colombia. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1983)
- Arenas Betancourt. Un realista más allá del tiempo (1986)
- Los Figueroa. Aproximación a su época y a su pintura (1986)
- Andrés de Santa María (1985)
- Ricardo Gómez Campuzano (1987)
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- Manizales de ayer. Album de fotografías (1987)
- Ramírez Villamizar. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1984)
- La transformación de Bogotá (1982)
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- Botero en el Museo Nacional de Colombia. Nueva donación 2004 (2004)
- Gonzalo Ariza. Pinturas (1978)
- Grau. El pequeño viaje del Barón Von Humboldt (1977)
- Bogotá Viva (2004)
- Albergues del Libertador en Colombia. Banco de la República (1980)
- El Rey triste (1980)
- Gregorio Vásquez (1985)
- Ciclovías. Bogotá para el ciudadano (1983)
- Negret escultor. Homenaje (2004)
- Mefisto. Alberto Iriarte (2004)
- Suramericana. 60 Años de compromiso con la cultura (2004)
- Rostros de Colombia (1985)
- Flora de Los Andes. Cien especies del Altiplano Cundi-Boyacense (1984)
- Casa de Nariño (1985)
- Periodismo gráfico. Círculo de Periodistas de Bogotá (1984)
- Cien años de arte colombiano. 1886 - 1986 (1985)
- Pedro Nel Gómez (1981)
- Colombia amazónica (1988)
- Palacio de San Carlos (1986)
- Veinte años del Sena en Colombia. 1957-1977 (1978)
- Bogotá. Estructura y principales servicios públicos (1978)
- Colombia Parques Naturales (2006)
- Érase una vez Colombia (2005)
- Colombia 360°. Ciudades y pueblos (2006)
- Bogotá 360°. La ciudad interior (2006)
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- Omar Rayo. Homenaje (2006)
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- Juan Cárdenas (2007)
- Luis Caballero. Homenaje (2007)
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- Colombia es Color (2008)
- Armando Villegas. Homenaje (2008)
- Manuel Hernández (2008)
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- Clemencia Echeverri. Sin respuesta (2009)
- Museo de Arte Moderno de Cartagena de Indias (2009)
- Agua. Riqueza de Colombia (2009)
- Volando Colombia. Paisajes (2009)
- Colombia en flor (2009)
- Medellín 360º. Cordial, Pujante y Bella (2009)
- Arte Internacional. Colección del Banco de la República (2009)
- Hugo Zapata (2009)
- Apalaanchi. Pescadores Wayuu (2009)
- Bogotá vuelo al pasado (2010)
- Grabados Antiguos de la Pontificia Universidad Javeriana. Colección Eduardo Ospina S. J. (2010)
- Orquídeas. Especies de Colombia (2010)
- Apartamentos. Bogotá (2010)
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- Luis Fernando Peláez (2010)
- Aves en Colombia (2011)
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- El hundimiento de los Partidos Políticos Tradicionales venezolanos: El caso Copei (2014)
- Artistas por la paz (1986)
- Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional (2009)
- Historia de Bogotá. Tomo I - Conquista y Colonia (2007)
- Historia de Bogotá. Tomo II - Siglo XIX (2007)
- Academia Colombiana de Jurisprudencia. 125 Años (2019)
- Duque, su presidencia (2022)
La moneda metálica
Serie de monedas colombianas, desde las macuquinas coloniales hasta las de la República. La moneda macuquina continuó usándose hasta fines de los años 40 del siglo XIX.
Antonio Nariño, litografía de Lemercier, según grabado de José María Espinosa, impresa en París por Lisveille. Nariño, para sostener su ejército, mando acuñar en 1813 una moneda conocida como la india.
Bono «Zea» de endeudamiento por 100 libras esterlinas, París, 13 de marzo de 1822. La nueva República comisionó a Francisco Antonio Zea para conseguir empréstitos que reactivaran la economía del país, arruinado tras la guerra de Independencia.
Bono «Zea» de endeudamiento por 100 libras esterlinas Reverso.
Deuda de la Gran Colombia a Guillermo Robinson, firmada por José María del Castillo, 1824. Colombia asumió deudas para reconstruir su economía, postrada por el esfuerzo de la guerra de independencia de Venezuela y el sur de América.
Dibujo original del Escudo de Armas y Pabellón de la República de la Nueva Granada, en oficio de Lino de Pombo al Secretario del Despacho de Guerra y Marina, mayo 1834. De Pombo, como Secretario de Relaciones Exteriores de la Nueva Granada, firmó un acuerdo con Venezuela y Ecuador para el pago de la deuda externa.
José María Plata (1811-1891). Político, escritor y notable orador nortesantandereano, quien fuera varias veces ministro dentro del radicalismo.
Florentino González (1805-1874). Litografía de Thierry Hermanos, París 1851. Político, periodista, jurisconsulto, hombre público, catedrático y defensor acérrimo de las políticas radicales. Fue ministro de Hacienda, del Interior y de Relaciones Exteriores en diversos gobiernos.
Mina de Oro, acuarela de José María Gutierrez de Alba, 1874. En la década de 1870, Colombia, país productor de oro, fue escenario de un lucrativo intercambio de monedas de oro por plata en el mercado internacional.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Moneda de un cuartillo de plata, Popayán, 1834. En 1836 el Congreso unificó la ley, tipo, valor y denominación de las monedas de oro y plata de la Nueva Granada.
Moneda de un cuartillo de plata, Popayán, 1834. En 1836 el Congreso unificó la ley, tipo, valor y denominación de las monedas de oro y plata de la Nueva Granada.
Texto de: Antonio Hernández Gamarra Hacia
Hasta 1871 las especies monetarias que circularon en el territorio de lo que hoy es Colombia estuvieron constituidas, para todo fin práctico, por monedas metálicas de muy diversas características en cuanto a su ley, peso y material en que se acuñaron.
Durante la Colonia el patrón monetario fue el peso de plata de ley 0,9022/3, es decir que las monedas contenían novecientos dos milésimas y dos tercios de milésimas de metal fino por cada mil de peso. El peso de plata se dividía en ocho reales. Se acuñaban también pesetas (dos reales), reales, medios reales y cuartillos. Una disposición de 1771 redujo la ley de las monedas de oro y de las de plata a 0,901 y posteriormente en 1786 la ley de las monedas de oro quedó establecida en 0,875. En virtud de esas normas de la Colonia heredamos monedas de distintas especificaciones, entre otras la llamada macuquina que además de ser poco homogénea en cuanto a su ley también era disímil en cuanto a su peso y diseño.
A esa primera diversidad se agrega que durante los años de lucha por la independencia los ejércitos en conflicto acuñaron algunas monedas para sufragar los gastos que les demandaba la guerra. Entre ellas la conocida como india, de ley 0,5831/3, puesta en circulación en 1813 para sostener el ejército de don Antonio Nariño; las monedas de cobre acuñadas en Cartagena en 1812 que se conocieron como chinas; y la denominada caraqueña que, acuñada en Venezuela por Pablo Morillo, también circuló en la Nueva Granada.
Ante esa diversidad y calidad de especies monetarias, y las dificultades que ello significaba para la buena marcha de la actividad económica en general, y de la comercial en particular, en 1821 el Congreso Constituyente de Cúcuta dictó medidas tendientes a la unificación monetaria. En primer término, ordenó acuñar una moneda de platino purificado de un cuarto de onza, equivalente al peso fuerte, al igual que monedas de dos y cuatro pesos fuertes. También dispuso la circulación de los cuartillos y medios cuartillos, que se acuñarían en cobre y tendrían un peso equivalente a media y un cuarto de onza, respectivamente. Finalmente estatuyó que las monedas de oro y plata que circularan en Colombia tendrían el mismo peso y ley ordenados en las leyes coloniales desde 1786.
Por la escasez de recursos fiscales, la falta de material y las dificultades técnicas para su acuñación, las monedas de platino tuvieron poca circulación. Por ello, en 1826 una ley del 14 de marzo nuevamente estableció como signos monetarios el oro y la plata. En cuanto al primero dispuso emitir monedas de ley 0,875, según las leyes españolas, y acuñar el peso colombiano de oro (equivalente a un dieciseisavo de onza), el escudo (equivalente a dos pesos), el doblón (equivalente a cuatro pesos), la media onza y la onza. En lo referente a las monedas de plata circularían el peso colombiano de plata (equivalente a ocho reales), el medio peso, la peseta (equivalente a dos reales), el real, el medio real y el cuartillo de real. Para las pesetas y unidades superiores la ley sería de 0,900 y para el real y las inferiores sería de 0,6662/3. Además, para obviar las dificultades que a la circulación monetaria introducía la existencia de la moneda macuquina, la norma ordenó que ésta fuese amortizada y reacuñada a la ley de las monedas de plata de baja denominación.
En 1836, una vez disuelta la Gran Colombia, el Congreso dictó una disposición con el propósito de unificar la ley, peso, valor, tipo y denominación en las monedas de la Nueva Granada. En virtud de esta norma el peso colombiano de plata, con iguales características a las establecidas en 1826, vino a denominarse granadino de plata y granadino de oro el peso colombiano de oro de ley 0,875 y peso de 1,691 gramos.
En 1838 se dispuso la amortización de todas las monedas de plata que no tuvieran el sello de Colombia o de la Nueva Granada y reacuñarlas en cuartillos, medios reales y reales de ley 0,6662/3. Ello en la práctica significaba reiterar la orden de sacar de la circulación la moneda macuquina, la cual se falsificaba y recortaba con facilidad, por lo que causaba toda suerte de inseguridades a la hora de pagar los bienes y servicios y en general de cumplir los contratos de compraventa entre los agentes económicos. Esta medida sólo tuvo cumplimiento cabal en 1848, durante el gobierno de Tomás Cipriano de Mosquera.
Veinticinco años después de dictadas las medidas por el Congreso Constituyente de Cúcuta, en junio de 1846 el Congreso legisló nuevamente sobre la moneda nacional y adoptó como unidad monetaria el real de plata, con peso de 2,5 gramos y ley 0,900. Como múltiplos de la unidad monetaria se establecieron las monedas de 8 y 2 reales, esta última con peso de cinco gramos y por lo tanto equivalente al franco francés de la época, y como submúltiplo el medio real.
Para la moneda de bajo valor se ordenó acuñar piezas en cobre equivalentes a un décimo y medio décimo de real. Aun cuando esa misma disposición ordenó acuñar monedas de oro de distintas denominaciones (el escudo, el doblón, el cóndor y la onza), no se estableció una relación legal entre el valor del oro y el de la plata y por lo tanto el primero fungió como mercancía, más que como medio de pago.
Pese a sus varias ventajas, consistentes en la unificación de la ley para todas las monedas, la proporcionalidad estricta entre el peso de ellas y su valor de cambio, y el establecimiento de múltiplos y submúltiplos consistentes entre sí, las normas de 1846 fueron modificadas en el año de 1847, cuando se ordenó emitir el granadino de plata con peso de 25 gramos y ley 0,900; en 1853, cuando se cambió nuevamente la unidad monetaria que entonces pasó a ser el peso, equivalente al granadino de plata; en 1857, cuando se reordenaron los múltiplos y submúltiplos de la unidad monetaria; y en 1867 y 1873, cuando de nuevo se permitió la acuñación de monedas de plata de leyes 0,900, 0,835 y 0,666.
Estos últimos actos legales además de reintroducir la multiplicidad en el contenido de metal fino de las distintas monedas de plata, establecieron que cada kilogramo de plata produciría 40 pesos con independencia de la ley a que se acuñaran las monedas. Lo cual era bastante incongruente pues si bien con un kilogramo de metal de ley 0,900 efectivamente se producirían 40 pesos de 25 gramos, con esa misma cantidad de metal de la misma la ley se podía acuñar 43,10 pesos en monedas de ley 0,835 y 54 pesos si las monedas eran de ley 0,666.
Las señaladas disposiciones de 1867 y 1873, al igual que una de 1853, fijaron en 15.244 unidades de plata el precio de la unidad de oro, cuando en el mercado internacional era de 15,5, decisión que contribuyó a profundizar el caos en la circulación monetaria, puesto que a la persistente inestabilidad legal se sumó la inconsistencia en el valor de cambio de las monedas, respecto de su contenido intrínseco de metal, y la inconsistencia del precio del oro en términos de la plata.
Además de esas inconsistencias, los hechos característicos de la circulación monetaria en nuestro país hasta principio de los años setenta del siglo XIX fueron el predominio de la plata como medio de pago y la recurrente salida de circulación de las monedas de valor intrínseco superior, como era de esperarse en razón de la llamada ley de Gresham.
En cuanto al predominio de la plata como medio de pago, por ser Colombia un país productor de oro algunos hacendistas, como Florentino González en 1848 y José María Plata en 1854, intentaron sin éxito imponer un patrón monetario bimetálico con predominio del oro. El fracaso de estas propuestas se debió a costumbres ancestrales, puesto que desde la Colonia el patrón de circulación monetaria estuvo dominado por las monedas de plata, y a que, como veremos enseguida, la legislación creaba incentivos para desterrar el oro como medio de pago. Para lo que servía este último metal, aparte de ser exportado como cualquier mercancía, era para saldar los flujos negativos resultantes del comercio exterior, por ser el oro la moneda usualmente aceptada como medio de pago internacional.
En el siglo XVI Thomas Gresham enunció el principio según el cual cuando en una economía circulan dos monedas de las cuales una se juzga de valor intrínseco superior a la otra, la de inferior valor termina por predominar en la circulación monetaria. Para decirlo breve y coloquialmente, la moneda mala desaloja a la buena. El dinero de mayor valor intrínseco y de igual valor nominal sale de la circulación bien porque se atesora, bien porque se exporta o bien porque se paga un premio por el mismo.
De acuerdo con este principio era previsible que de la circulación monetaria salieran las monedas de oro, fenómeno que se acentuó cuando la plata dejó de usarse como moneda en el mundo y su precio bajó respecto al oro. Sobre este particular Darío Bustamante señala: “el código fiscal de 1873 había establecido legalmente una tasa de cambio entre el oro y la plata de 1 a 15 1/2, la cual había regido durante muchos años en el mercado mundial. Mientras en el mercado internacional disminuía dicha tasa debido a la desmonetización de la plata, en el país se conservaba inmodificada, produciéndose así un premio a la exportación del oro. Era pues un gran negocio traer al país 15 l/2 unidades de plata y cambiarlas por una de oro, regresando luego al mercado internacional donde se obtendrían más de 15 1/2 unidades de plata por unidad de oro… Fue así como en pocos años se exportó la mayor parte del oro en circulación, nuestra moneda quedó constituida básicamente por plata y su depreciación continuaba”. [Bustamante (1974), pp.563-564].
Algunos tratadistas sostienen que la exportación, en virtud de la ley de Gresham, del oro y de las monedas de plata de ley más elevada no condujo a la disminución de la oferta monetaria, en la medida en que ésta podía estar constituida por monedas de inferior calidad. No obstante, es preciso advertir que esa exportación bajaba la cantidad de numerario en circulación y la oferta monetaria se resentía cuando a la exportación de moneda metálica para pagar el exceso del valor de las importaciones respecto al de las exportaciones se sumaba la exportación de metálico por razón de la inconsistencia de las paridades.
#AmorPorColombia
La moneda metálica
Serie de monedas colombianas, desde las macuquinas coloniales hasta las de la República. La moneda macuquina continuó usándose hasta fines de los años 40 del siglo XIX.
Antonio Nariño, litografía de Lemercier, según grabado de José María Espinosa, impresa en París por Lisveille. Nariño, para sostener su ejército, mando acuñar en 1813 una moneda conocida como la india.
Bono «Zea» de endeudamiento por 100 libras esterlinas, París, 13 de marzo de 1822. La nueva República comisionó a Francisco Antonio Zea para conseguir empréstitos que reactivaran la economía del país, arruinado tras la guerra de Independencia.
Bono «Zea» de endeudamiento por 100 libras esterlinas Reverso.
Deuda de la Gran Colombia a Guillermo Robinson, firmada por José María del Castillo, 1824. Colombia asumió deudas para reconstruir su economía, postrada por el esfuerzo de la guerra de independencia de Venezuela y el sur de América.
Dibujo original del Escudo de Armas y Pabellón de la República de la Nueva Granada, en oficio de Lino de Pombo al Secretario del Despacho de Guerra y Marina, mayo 1834. De Pombo, como Secretario de Relaciones Exteriores de la Nueva Granada, firmó un acuerdo con Venezuela y Ecuador para el pago de la deuda externa.
José María Plata (1811-1891). Político, escritor y notable orador nortesantandereano, quien fuera varias veces ministro dentro del radicalismo.
Florentino González (1805-1874). Litografía de Thierry Hermanos, París 1851. Político, periodista, jurisconsulto, hombre público, catedrático y defensor acérrimo de las políticas radicales. Fue ministro de Hacienda, del Interior y de Relaciones Exteriores en diversos gobiernos.
Mina de Oro, acuarela de José María Gutierrez de Alba, 1874. En la década de 1870, Colombia, país productor de oro, fue escenario de un lucrativo intercambio de monedas de oro por plata en el mercado internacional.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Monedas de la Gran Colombia: un real de plata, Bogotá, 1821; ocho escudos de oro, Popayán, 1830. Las monedas de la Gran Colombia, reselladas, siguieron utilizándose en Venezuela y Ecuador una vez disuelta la República.
Moneda de un cuartillo de plata, Popayán, 1834. En 1836 el Congreso unificó la ley, tipo, valor y denominación de las monedas de oro y plata de la Nueva Granada.
Moneda de un cuartillo de plata, Popayán, 1834. En 1836 el Congreso unificó la ley, tipo, valor y denominación de las monedas de oro y plata de la Nueva Granada.
Texto de: Antonio Hernández Gamarra Hacia
Hasta 1871 las especies monetarias que circularon en el territorio de lo que hoy es Colombia estuvieron constituidas, para todo fin práctico, por monedas metálicas de muy diversas características en cuanto a su ley, peso y material en que se acuñaron.
Durante la Colonia el patrón monetario fue el peso de plata de ley 0,9022/3, es decir que las monedas contenían novecientos dos milésimas y dos tercios de milésimas de metal fino por cada mil de peso. El peso de plata se dividía en ocho reales. Se acuñaban también pesetas (dos reales), reales, medios reales y cuartillos. Una disposición de 1771 redujo la ley de las monedas de oro y de las de plata a 0,901 y posteriormente en 1786 la ley de las monedas de oro quedó establecida en 0,875. En virtud de esas normas de la Colonia heredamos monedas de distintas especificaciones, entre otras la llamada macuquina que además de ser poco homogénea en cuanto a su ley también era disímil en cuanto a su peso y diseño.
A esa primera diversidad se agrega que durante los años de lucha por la independencia los ejércitos en conflicto acuñaron algunas monedas para sufragar los gastos que les demandaba la guerra. Entre ellas la conocida como india, de ley 0,5831/3, puesta en circulación en 1813 para sostener el ejército de don Antonio Nariño; las monedas de cobre acuñadas en Cartagena en 1812 que se conocieron como chinas; y la denominada caraqueña que, acuñada en Venezuela por Pablo Morillo, también circuló en la Nueva Granada.
Ante esa diversidad y calidad de especies monetarias, y las dificultades que ello significaba para la buena marcha de la actividad económica en general, y de la comercial en particular, en 1821 el Congreso Constituyente de Cúcuta dictó medidas tendientes a la unificación monetaria. En primer término, ordenó acuñar una moneda de platino purificado de un cuarto de onza, equivalente al peso fuerte, al igual que monedas de dos y cuatro pesos fuertes. También dispuso la circulación de los cuartillos y medios cuartillos, que se acuñarían en cobre y tendrían un peso equivalente a media y un cuarto de onza, respectivamente. Finalmente estatuyó que las monedas de oro y plata que circularan en Colombia tendrían el mismo peso y ley ordenados en las leyes coloniales desde 1786.
Por la escasez de recursos fiscales, la falta de material y las dificultades técnicas para su acuñación, las monedas de platino tuvieron poca circulación. Por ello, en 1826 una ley del 14 de marzo nuevamente estableció como signos monetarios el oro y la plata. En cuanto al primero dispuso emitir monedas de ley 0,875, según las leyes españolas, y acuñar el peso colombiano de oro (equivalente a un dieciseisavo de onza), el escudo (equivalente a dos pesos), el doblón (equivalente a cuatro pesos), la media onza y la onza. En lo referente a las monedas de plata circularían el peso colombiano de plata (equivalente a ocho reales), el medio peso, la peseta (equivalente a dos reales), el real, el medio real y el cuartillo de real. Para las pesetas y unidades superiores la ley sería de 0,900 y para el real y las inferiores sería de 0,6662/3. Además, para obviar las dificultades que a la circulación monetaria introducía la existencia de la moneda macuquina, la norma ordenó que ésta fuese amortizada y reacuñada a la ley de las monedas de plata de baja denominación.
En 1836, una vez disuelta la Gran Colombia, el Congreso dictó una disposición con el propósito de unificar la ley, peso, valor, tipo y denominación en las monedas de la Nueva Granada. En virtud de esta norma el peso colombiano de plata, con iguales características a las establecidas en 1826, vino a denominarse granadino de plata y granadino de oro el peso colombiano de oro de ley 0,875 y peso de 1,691 gramos.
En 1838 se dispuso la amortización de todas las monedas de plata que no tuvieran el sello de Colombia o de la Nueva Granada y reacuñarlas en cuartillos, medios reales y reales de ley 0,6662/3. Ello en la práctica significaba reiterar la orden de sacar de la circulación la moneda macuquina, la cual se falsificaba y recortaba con facilidad, por lo que causaba toda suerte de inseguridades a la hora de pagar los bienes y servicios y en general de cumplir los contratos de compraventa entre los agentes económicos. Esta medida sólo tuvo cumplimiento cabal en 1848, durante el gobierno de Tomás Cipriano de Mosquera.
Veinticinco años después de dictadas las medidas por el Congreso Constituyente de Cúcuta, en junio de 1846 el Congreso legisló nuevamente sobre la moneda nacional y adoptó como unidad monetaria el real de plata, con peso de 2,5 gramos y ley 0,900. Como múltiplos de la unidad monetaria se establecieron las monedas de 8 y 2 reales, esta última con peso de cinco gramos y por lo tanto equivalente al franco francés de la época, y como submúltiplo el medio real.
Para la moneda de bajo valor se ordenó acuñar piezas en cobre equivalentes a un décimo y medio décimo de real. Aun cuando esa misma disposición ordenó acuñar monedas de oro de distintas denominaciones (el escudo, el doblón, el cóndor y la onza), no se estableció una relación legal entre el valor del oro y el de la plata y por lo tanto el primero fungió como mercancía, más que como medio de pago.
Pese a sus varias ventajas, consistentes en la unificación de la ley para todas las monedas, la proporcionalidad estricta entre el peso de ellas y su valor de cambio, y el establecimiento de múltiplos y submúltiplos consistentes entre sí, las normas de 1846 fueron modificadas en el año de 1847, cuando se ordenó emitir el granadino de plata con peso de 25 gramos y ley 0,900; en 1853, cuando se cambió nuevamente la unidad monetaria que entonces pasó a ser el peso, equivalente al granadino de plata; en 1857, cuando se reordenaron los múltiplos y submúltiplos de la unidad monetaria; y en 1867 y 1873, cuando de nuevo se permitió la acuñación de monedas de plata de leyes 0,900, 0,835 y 0,666.
Estos últimos actos legales además de reintroducir la multiplicidad en el contenido de metal fino de las distintas monedas de plata, establecieron que cada kilogramo de plata produciría 40 pesos con independencia de la ley a que se acuñaran las monedas. Lo cual era bastante incongruente pues si bien con un kilogramo de metal de ley 0,900 efectivamente se producirían 40 pesos de 25 gramos, con esa misma cantidad de metal de la misma la ley se podía acuñar 43,10 pesos en monedas de ley 0,835 y 54 pesos si las monedas eran de ley 0,666.
Las señaladas disposiciones de 1867 y 1873, al igual que una de 1853, fijaron en 15.244 unidades de plata el precio de la unidad de oro, cuando en el mercado internacional era de 15,5, decisión que contribuyó a profundizar el caos en la circulación monetaria, puesto que a la persistente inestabilidad legal se sumó la inconsistencia en el valor de cambio de las monedas, respecto de su contenido intrínseco de metal, y la inconsistencia del precio del oro en términos de la plata.
Además de esas inconsistencias, los hechos característicos de la circulación monetaria en nuestro país hasta principio de los años setenta del siglo XIX fueron el predominio de la plata como medio de pago y la recurrente salida de circulación de las monedas de valor intrínseco superior, como era de esperarse en razón de la llamada ley de Gresham.
En cuanto al predominio de la plata como medio de pago, por ser Colombia un país productor de oro algunos hacendistas, como Florentino González en 1848 y José María Plata en 1854, intentaron sin éxito imponer un patrón monetario bimetálico con predominio del oro. El fracaso de estas propuestas se debió a costumbres ancestrales, puesto que desde la Colonia el patrón de circulación monetaria estuvo dominado por las monedas de plata, y a que, como veremos enseguida, la legislación creaba incentivos para desterrar el oro como medio de pago. Para lo que servía este último metal, aparte de ser exportado como cualquier mercancía, era para saldar los flujos negativos resultantes del comercio exterior, por ser el oro la moneda usualmente aceptada como medio de pago internacional.
En el siglo XVI Thomas Gresham enunció el principio según el cual cuando en una economía circulan dos monedas de las cuales una se juzga de valor intrínseco superior a la otra, la de inferior valor termina por predominar en la circulación monetaria. Para decirlo breve y coloquialmente, la moneda mala desaloja a la buena. El dinero de mayor valor intrínseco y de igual valor nominal sale de la circulación bien porque se atesora, bien porque se exporta o bien porque se paga un premio por el mismo.
De acuerdo con este principio era previsible que de la circulación monetaria salieran las monedas de oro, fenómeno que se acentuó cuando la plata dejó de usarse como moneda en el mundo y su precio bajó respecto al oro. Sobre este particular Darío Bustamante señala: “el código fiscal de 1873 había establecido legalmente una tasa de cambio entre el oro y la plata de 1 a 15 1/2, la cual había regido durante muchos años en el mercado mundial. Mientras en el mercado internacional disminuía dicha tasa debido a la desmonetización de la plata, en el país se conservaba inmodificada, produciéndose así un premio a la exportación del oro. Era pues un gran negocio traer al país 15 l/2 unidades de plata y cambiarlas por una de oro, regresando luego al mercado internacional donde se obtendrían más de 15 1/2 unidades de plata por unidad de oro… Fue así como en pocos años se exportó la mayor parte del oro en circulación, nuestra moneda quedó constituida básicamente por plata y su depreciación continuaba”. [Bustamante (1974), pp.563-564].
Algunos tratadistas sostienen que la exportación, en virtud de la ley de Gresham, del oro y de las monedas de plata de ley más elevada no condujo a la disminución de la oferta monetaria, en la medida en que ésta podía estar constituida por monedas de inferior calidad. No obstante, es preciso advertir que esa exportación bajaba la cantidad de numerario en circulación y la oferta monetaria se resentía cuando a la exportación de moneda metálica para pagar el exceso del valor de las importaciones respecto al de las exportaciones se sumaba la exportación de metálico por razón de la inconsistencia de las paridades.