- Botero esculturas (1998)
- Salmona (1998)
- El sabor de Colombia (1994)
- Wayuú. Cultura del desierto colombiano (1998)
- Semana Santa en Popayán (1999)
- Cartagena de siempre (1992)
- Palacio de las Garzas (1999)
- Juan Montoya (1998)
- Aves de Colombia. Grabados iluminados del Siglo XVIII (1993)
- Alta Colombia. El esplendor de la montaña (1996)
- Artefactos. Objetos artesanales de Colombia (1992)
- Carros. El automovil en Colombia (1995)
- Espacios Comerciales. Colombia (1994)
- Cerros de Bogotá (2000)
- El Terremoto de San Salvador. Narración de un superviviente (2001)
- Manolo Valdés. La intemporalidad del arte (1999)
- Casa de Hacienda. Arquitectura en el campo colombiano (1997)
- Fiestas. Celebraciones y Ritos de Colombia (1995)
- Costa Rica. Pura Vida (2001)
- Luis Restrepo. Arquitectura (2001)
- Ana Mercedes Hoyos. Palenque (2001)
- La Moneda en Colombia (2001)
- Jardines de Colombia (1996)
- Una jornada en Macondo (1995)
- Retratos (1993)
- Atavíos. Raíces de la moda colombiana (1996)
- La ruta de Humboldt. Colombia - Venezuela (1994)
- Trópico. Visiones de la naturaleza colombiana (1997)
- Herederos de los Incas (1996)
- Casa Moderna. Medio siglo de arquitectura doméstica colombiana (1996)
- Bogotá desde el aire (1994)
- La vida en Colombia (1994)
- Casa Republicana. La bella época en Colombia (1995)
- Selva húmeda de Colombia (1990)
- Richter (1997)
- Por nuestros niños. Programas para su Proteccion y Desarrollo en Colombia (1990)
- Mariposas de Colombia (1991)
- Colombia tierra de flores (1990)
- Los países andinos desde el satélite (1995)
- Deliciosas frutas tropicales (1990)
- Arrecifes del Caribe (1988)
- Casa campesina. Arquitectura vernácula de Colombia (1993)
- Páramos (1988)
- Manglares (1989)
- Señor Ladrillo (1988)
- La última muerte de Wozzeck (2000)
- Historia del Café de Guatemala (2001)
- Casa Guatemalteca (1999)
- Silvia Tcherassi (2002)
- Ana Mercedes Hoyos. Retrospectiva (2002)
- Francisco Mejía Guinand (2002)
- Aves del Llano (1992)
- El año que viene vuelvo (1989)
- Museos de Bogotá (1989)
- El arte de la cocina japonesa (1996)
- Botero Dibujos (1999)
- Colombia Campesina (1989)
- Conflicto amazónico. 1932-1934 (1994)
- Débora Arango. Museo de Arte Moderno de Medellín (1986)
- La Sabana de Bogotá (1988)
- Casas de Embajada en Washington D.C. (2004)
- XVI Bienal colombiana de Arquitectura 1998 (1998)
- Visiones del Siglo XX colombiano. A través de sus protagonistas ya muertos (2003)
- Río Bogotá (1985)
- Jacanamijoy (2003)
- Álvaro Barrera. Arquitectura y Restauración (2003)
- Campos de Golf en Colombia (2003)
- Cartagena de Indias. Visión panorámica desde el aire (2003)
- Guadua. Arquitectura y Diseño (2003)
- Enrique Grau. Homenaje (2003)
- Mauricio Gómez. Con la mano izquierda (2003)
- Ignacio Gómez Jaramillo (2003)
- Tesoros del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. 350 años (2003)
- Manos en el arte colombiano (2003)
- Historia de la Fotografía en Colombia. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1983)
- Arenas Betancourt. Un realista más allá del tiempo (1986)
- Los Figueroa. Aproximación a su época y a su pintura (1986)
- Andrés de Santa María (1985)
- Ricardo Gómez Campuzano (1987)
- El encanto de Bogotá (1987)
- Manizales de ayer. Album de fotografías (1987)
- Ramírez Villamizar. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1984)
- La transformación de Bogotá (1982)
- Las fronteras azules de Colombia (1985)
- Botero en el Museo Nacional de Colombia. Nueva donación 2004 (2004)
- Gonzalo Ariza. Pinturas (1978)
- Grau. El pequeño viaje del Barón Von Humboldt (1977)
- Bogotá Viva (2004)
- Albergues del Libertador en Colombia. Banco de la República (1980)
- El Rey triste (1980)
- Gregorio Vásquez (1985)
- Ciclovías. Bogotá para el ciudadano (1983)
- Negret escultor. Homenaje (2004)
- Mefisto. Alberto Iriarte (2004)
- Suramericana. 60 Años de compromiso con la cultura (2004)
- Rostros de Colombia (1985)
- Flora de Los Andes. Cien especies del Altiplano Cundi-Boyacense (1984)
- Casa de Nariño (1985)
- Periodismo gráfico. Círculo de Periodistas de Bogotá (1984)
- Cien años de arte colombiano. 1886 - 1986 (1985)
- Pedro Nel Gómez (1981)
- Colombia amazónica (1988)
- Palacio de San Carlos (1986)
- Veinte años del Sena en Colombia. 1957-1977 (1978)
- Bogotá. Estructura y principales servicios públicos (1978)
- Colombia Parques Naturales (2006)
- Érase una vez Colombia (2005)
- Colombia 360°. Ciudades y pueblos (2006)
- Bogotá 360°. La ciudad interior (2006)
- Guatemala inédita (2006)
- Casa de Recreo en Colombia (2005)
- Manzur. Homenaje (2005)
- Gerardo Aragón (2009)
- Santiago Cárdenas (2006)
- Omar Rayo. Homenaje (2006)
- Beatriz González (2005)
- Casa de Campo en Colombia (2007)
- Luis Restrepo. construcciones (2007)
- Juan Cárdenas (2007)
- Luis Caballero. Homenaje (2007)
- Fútbol en Colombia (2007)
- Cafés de Colombia (2008)
- Colombia es Color (2008)
- Armando Villegas. Homenaje (2008)
- Manuel Hernández (2008)
- Alicia Viteri. Memoria digital (2009)
- Clemencia Echeverri. Sin respuesta (2009)
- Museo de Arte Moderno de Cartagena de Indias (2009)
- Agua. Riqueza de Colombia (2009)
- Volando Colombia. Paisajes (2009)
- Colombia en flor (2009)
- Medellín 360º. Cordial, Pujante y Bella (2009)
- Arte Internacional. Colección del Banco de la República (2009)
- Hugo Zapata (2009)
- Apalaanchi. Pescadores Wayuu (2009)
- Bogotá vuelo al pasado (2010)
- Grabados Antiguos de la Pontificia Universidad Javeriana. Colección Eduardo Ospina S. J. (2010)
- Orquídeas. Especies de Colombia (2010)
- Apartamentos. Bogotá (2010)
- Luis Caballero. Erótico (2010)
- Luis Fernando Peláez (2010)
- Aves en Colombia (2011)
- Pedro Ruiz (2011)
- El mundo del arte en San Agustín (2011)
- Cundinamarca. Corazón de Colombia (2011)
- El hundimiento de los Partidos Políticos Tradicionales venezolanos: El caso Copei (2014)
- Artistas por la paz (1986)
- Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional (2009)
- Historia de Bogotá. Tomo I - Conquista y Colonia (2007)
- Historia de Bogotá. Tomo II - Siglo XIX (2007)
- Academia Colombiana de Jurisprudencia. 125 Años (2019)
- Duque, su presidencia (2022)
Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional / Generalidades |
Generalidades
CAPÍTULO I: Disposiciones generales
Artículo 2. Objeto y alcance
El presente reglamento establece la clasificación, características, composición, descripción y uso de los uniformes, insignias, condecoraciones, distintivos y demás prendas para el personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales, agentes, auxiliares, estudiantes de las escuelas de formación y personal no uniformado. Instituye normas y unifica criterios que el personal integrante de la Policía Nacional debe cumplir. Fija pautas en la utilización de los uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos de acuerdo al área de trabajo y clima.
Artículo 3. Destinatarios
El cumplimiento del presente reglamento corresponde a todo el personal que integra la Policía Nacional, su inobservancia acarreará las sanciones de ley.
Artículo 4. Uso
El uso del uniforme policial, condecoraciones, distintivos e insignias debe constituirse en un motivo de honor, dignidad personal e identidad institucional; por consiguiente su porte será impecable y elegante, en todo lugar y ocasión.
Artículo 5. Dotación
El mando institucional dispondrá las medidas necesarias para que el personal de la Policía Nacional cuente con las dotaciones reglamentarias y cumpla las normas establecidas en el presente reglamento.
Artículo 6. Observancia
La composición, uso de los uniformes y accesorios, insignias, distintivos y condecoraciones se ceñirán estrictamente a lo señalado en el presente reglamento. Cualquier propuesta de modificación debe presentarse ante el señor Director General de la Policía Nacional, previa revisión y concepto de la Oficina de Planeación.
CAPÍTULO II: Obligaciones y prohibiciones
Artículo 7. Obligaciones
Son obligaciones del personal de la Policía Nacional, durante el uso del uniforme:
- 1. Portar en toda ocasión el uniforme con esmerada pulcritud y elegancia.
- 2. El personal masculino uniformado permanecerá en todo momento bien afeitado; las patillas no pueden sobrepasar un centímetro por debajo de la comisura del ojo; debe mantener el cabello corto y desvanecido.
Parágrafo 1: Únicamente podrán usar bigote los oficiales a partir del grado de Capitán, personal del nivel ejecutivo y los suboficiales a partir de Intendentes o Sargento Segundo respectivamente. Este debe ser desvanecido y no puede sobrepasar la comisura de la boca.
Parágrafo 2: El personal femenino uniformado usará en todo momento el cabello recogido en forma de moño o lo llevará corto sin que sobresalga del contorno de la cara. No se permitirán mechones, capul u otro tipo de moda que generen cabellos sobre la cara y que dificulten la visibilidad del rostro o el uso del cubrecabezas; el maquillaje y arreglo de uñas será tipo ejecutivo, enmarcado dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, con tonalidades tipo pastel para las uñas y colores tierra para el maquillaje, que hacen juego con el color del uniforme.
- 3. Los aretes en el personal femenino serán candongas y/o topos (máximo uno por oreja), en color dorado; para ceremonias utilizarán candonga lisa con diámetro n.° 2.
- 4. Sólo se podrá portar un anillo o argolla en cada mano para el personal femenino, los cuales estarán enmarcados dentro del contraste de la sencillez y la elegancia. Para el personal masculino solo se portará la argolla de matrimonio o el anillo de grado.
- 5. El largo de la falda para el uniforme del personal femenino deberá cubrir la rodilla.
- 6. El uso del cubrecabeza es de carácter obligatorio en servicio, inclusive cuando se permanezca dentro de recintos cerrados o en vehículos uniformados. Se exceptúa cuando su permanencia sea en recintos cerrados de instalaciones policiales, en eventos sociales o en lugares abiertos al público que así lo requieran.
- 7. La placa de identificación policial se usará siempre con los uniformes clasificados para el servicio, al igual que en el uniforme n.° 3. Se exceptúa al personal que se encuentre realizando operaciones especiales en uniforme de fatiga.
- 8. El uso del tarjetero es obligatorio en los uniformes previstos en el presente reglamento, a excepción del n.° 1 y el n.° 2.
- 9. El personal superior tiene la obligación de exigir al personal subalterno el uso correcto del uniforme, insignias, condecoraciones y distintivos.
- 10. En las órdenes relacionadas con la asistencia a actos protocolarios, se indicará el uniforme que se debe usar.
- 11. El personal que tenga impedimento físico transitorio o permanente según lo establecido por la Dirección de Sanidad mediante concepto médico, podrá usar traje de civil.
- 12. El personal que cumpla actividades especiales tales como servicios de inteligencia, policía judicial, escoltas o una actividad que por su condición lo amerite, previa autorización del Director, podrá usar traje de civil.
- 13. Cuando los oficiales, personal del nivel ejecutivo con mando y suboficiales en uso de buen retiro sean autorizados para portar el uniforme, lo harán en forma reglamentaria y solamente en los casos que contempla el estatuto de carrera respectivo; así mismo, concurrirán únicamente a sitios públicos o privados a los cuales se les haya permitido su asistencia.
- 14. El personal que se encuentre adelantando estudios de carácter formal, no formal y educación continuada en representación de la Policía Nacional en entes educativos externos, debe asistir en uniforme formal N.° 3 o 3A, según corresponda. Se exceptúa cuando por reglamentación interna de los centros educativos se prohíba portar el uniforme.
Artículo 8. Prohibiciones
- 1. Hacer modificaciones a los uniformes, accesorios, insignias condecoraciones y distintivos establecidos en el presente reglamento.
- 2. Usar prendas, insignias, distintivos o condecoraciones no contemplados en el presente reglamento.
- 3. Utilizar insignias no correspondientes a su grado o modalidad, condecoraciones no autorizadas ni otorgadas por autoridad competente.
- 4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo uniformes, insignias, distintivos y condecoraciones, aun cuando se encuentren en mal estado o en desuso.
- 5. Portar en lugares públicos o abiertos al público paquetes, bolsas, cajas y demás elementos que no hagan parte del uniforme.
- 6. Llevar elementos que sobresalgan o malformen los bolsillos del uniforme, así como accesorios u objetos voluminosos.
- 7. Mantener las manos en los bolsillos del uniforme.
- 8. Utilizar materiales no establecidos en las fichas técnicas elaboradas por el laboratorio de calidad de la Dirección Administrativa y Financiera.
- 9. No se podrá utilizar durante el servicio lentes de contactos de colores, se exceptua cuando sea por recomendación medica transparentes.
Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional |
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Generalidades
CAPÍTULO I: Disposiciones generales
Artículo 2. Objeto y alcance
El presente reglamento establece la clasificación, características, composición, descripción y uso de los uniformes, insignias, condecoraciones, distintivos y demás prendas para el personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales, agentes, auxiliares, estudiantes de las escuelas de formación y personal no uniformado. Instituye normas y unifica criterios que el personal integrante de la Policía Nacional debe cumplir. Fija pautas en la utilización de los uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos de acuerdo al área de trabajo y clima.
Artículo 3. Destinatarios
El cumplimiento del presente reglamento corresponde a todo el personal que integra la Policía Nacional, su inobservancia acarreará las sanciones de ley.
Artículo 4. Uso
El uso del uniforme policial, condecoraciones, distintivos e insignias debe constituirse en un motivo de honor, dignidad personal e identidad institucional; por consiguiente su porte será impecable y elegante, en todo lugar y ocasión.
Artículo 5. Dotación
El mando institucional dispondrá las medidas necesarias para que el personal de la Policía Nacional cuente con las dotaciones reglamentarias y cumpla las normas establecidas en el presente reglamento.
Artículo 6. Observancia
La composición, uso de los uniformes y accesorios, insignias, distintivos y condecoraciones se ceñirán estrictamente a lo señalado en el presente reglamento. Cualquier propuesta de modificación debe presentarse ante el señor Director General de la Policía Nacional, previa revisión y concepto de la Oficina de Planeación.
CAPÍTULO II: Obligaciones y prohibiciones
Artículo 7. Obligaciones
Son obligaciones del personal de la Policía Nacional, durante el uso del uniforme:
- 1. Portar en toda ocasión el uniforme con esmerada pulcritud y elegancia.
- 2. El personal masculino uniformado permanecerá en todo momento bien afeitado; las patillas no pueden sobrepasar un centímetro por debajo de la comisura del ojo; debe mantener el cabello corto y desvanecido.
Parágrafo 1: Únicamente podrán usar bigote los oficiales a partir del grado de Capitán, personal del nivel ejecutivo y los suboficiales a partir de Intendentes o Sargento Segundo respectivamente. Este debe ser desvanecido y no puede sobrepasar la comisura de la boca.
Parágrafo 2: El personal femenino uniformado usará en todo momento el cabello recogido en forma de moño o lo llevará corto sin que sobresalga del contorno de la cara. No se permitirán mechones, capul u otro tipo de moda que generen cabellos sobre la cara y que dificulten la visibilidad del rostro o el uso del cubrecabezas; el maquillaje y arreglo de uñas será tipo ejecutivo, enmarcado dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, con tonalidades tipo pastel para las uñas y colores tierra para el maquillaje, que hacen juego con el color del uniforme.
- 3. Los aretes en el personal femenino serán candongas y/o topos (máximo uno por oreja), en color dorado; para ceremonias utilizarán candonga lisa con diámetro n.° 2.
- 4. Sólo se podrá portar un anillo o argolla en cada mano para el personal femenino, los cuales estarán enmarcados dentro del contraste de la sencillez y la elegancia. Para el personal masculino solo se portará la argolla de matrimonio o el anillo de grado.
- 5. El largo de la falda para el uniforme del personal femenino deberá cubrir la rodilla.
- 6. El uso del cubrecabeza es de carácter obligatorio en servicio, inclusive cuando se permanezca dentro de recintos cerrados o en vehículos uniformados. Se exceptúa cuando su permanencia sea en recintos cerrados de instalaciones policiales, en eventos sociales o en lugares abiertos al público que así lo requieran.
- 7. La placa de identificación policial se usará siempre con los uniformes clasificados para el servicio, al igual que en el uniforme n.° 3. Se exceptúa al personal que se encuentre realizando operaciones especiales en uniforme de fatiga.
- 8. El uso del tarjetero es obligatorio en los uniformes previstos en el presente reglamento, a excepción del n.° 1 y el n.° 2.
- 9. El personal superior tiene la obligación de exigir al personal subalterno el uso correcto del uniforme, insignias, condecoraciones y distintivos.
- 10. En las órdenes relacionadas con la asistencia a actos protocolarios, se indicará el uniforme que se debe usar.
- 11. El personal que tenga impedimento físico transitorio o permanente según lo establecido por la Dirección de Sanidad mediante concepto médico, podrá usar traje de civil.
- 12. El personal que cumpla actividades especiales tales como servicios de inteligencia, policía judicial, escoltas o una actividad que por su condición lo amerite, previa autorización del Director, podrá usar traje de civil.
- 13. Cuando los oficiales, personal del nivel ejecutivo con mando y suboficiales en uso de buen retiro sean autorizados para portar el uniforme, lo harán en forma reglamentaria y solamente en los casos que contempla el estatuto de carrera respectivo; así mismo, concurrirán únicamente a sitios públicos o privados a los cuales se les haya permitido su asistencia.
- 14. El personal que se encuentre adelantando estudios de carácter formal, no formal y educación continuada en representación de la Policía Nacional en entes educativos externos, debe asistir en uniforme formal N.° 3 o 3A, según corresponda. Se exceptúa cuando por reglamentación interna de los centros educativos se prohíba portar el uniforme.
Artículo 8. Prohibiciones
- 1. Hacer modificaciones a los uniformes, accesorios, insignias condecoraciones y distintivos establecidos en el presente reglamento.
- 2. Usar prendas, insignias, distintivos o condecoraciones no contemplados en el presente reglamento.
- 3. Utilizar insignias no correspondientes a su grado o modalidad, condecoraciones no autorizadas ni otorgadas por autoridad competente.
- 4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo uniformes, insignias, distintivos y condecoraciones, aun cuando se encuentren en mal estado o en desuso.
- 5. Portar en lugares públicos o abiertos al público paquetes, bolsas, cajas y demás elementos que no hagan parte del uniforme.
- 6. Llevar elementos que sobresalgan o malformen los bolsillos del uniforme, así como accesorios u objetos voluminosos.
- 7. Mantener las manos en los bolsillos del uniforme.
- 8. Utilizar materiales no establecidos en las fichas técnicas elaboradas por el laboratorio de calidad de la Dirección Administrativa y Financiera.
- 9. No se podrá utilizar durante el servicio lentes de contactos de colores, se exceptua cuando sea por recomendación medica transparentes.