- Botero esculturas (1998)
- Salmona (1998)
- El sabor de Colombia (1994)
- Wayuú. Cultura del desierto colombiano (1998)
- Semana Santa en Popayán (1999)
- Cartagena de siempre (1992)
- Palacio de las Garzas (1999)
- Juan Montoya (1998)
- Aves de Colombia. Grabados iluminados del Siglo XVIII (1993)
- Alta Colombia. El esplendor de la montaña (1996)
- Artefactos. Objetos artesanales de Colombia (1992)
- Carros. El automovil en Colombia (1995)
- Espacios Comerciales. Colombia (1994)
- Cerros de Bogotá (2000)
- El Terremoto de San Salvador. Narración de un superviviente (2001)
- Manolo Valdés. La intemporalidad del arte (1999)
- Casa de Hacienda. Arquitectura en el campo colombiano (1997)
- Fiestas. Celebraciones y Ritos de Colombia (1995)
- Costa Rica. Pura Vida (2001)
- Luis Restrepo. Arquitectura (2001)
- Ana Mercedes Hoyos. Palenque (2001)
- La Moneda en Colombia (2001)
- Jardines de Colombia (1996)
- Una jornada en Macondo (1995)
- Retratos (1993)
- Atavíos. Raíces de la moda colombiana (1996)
- La ruta de Humboldt. Colombia - Venezuela (1994)
- Trópico. Visiones de la naturaleza colombiana (1997)
- Herederos de los Incas (1996)
- Casa Moderna. Medio siglo de arquitectura doméstica colombiana (1996)
- Bogotá desde el aire (1994)
- La vida en Colombia (1994)
- Casa Republicana. La bella época en Colombia (1995)
- Selva húmeda de Colombia (1990)
- Richter (1997)
- Por nuestros niños. Programas para su Proteccion y Desarrollo en Colombia (1990)
- Mariposas de Colombia (1991)
- Colombia tierra de flores (1990)
- Los países andinos desde el satélite (1995)
- Deliciosas frutas tropicales (1990)
- Arrecifes del Caribe (1988)
- Casa campesina. Arquitectura vernácula de Colombia (1993)
- Páramos (1988)
- Manglares (1989)
- Señor Ladrillo (1988)
- La última muerte de Wozzeck (2000)
- Historia del Café de Guatemala (2001)
- Casa Guatemalteca (1999)
- Silvia Tcherassi (2002)
- Ana Mercedes Hoyos. Retrospectiva (2002)
- Francisco Mejía Guinand (2002)
- Aves del Llano (1992)
- El año que viene vuelvo (1989)
- Museos de Bogotá (1989)
- El arte de la cocina japonesa (1996)
- Botero Dibujos (1999)
- Colombia Campesina (1989)
- Conflicto amazónico. 1932-1934 (1994)
- Débora Arango. Museo de Arte Moderno de Medellín (1986)
- La Sabana de Bogotá (1988)
- Casas de Embajada en Washington D.C. (2004)
- XVI Bienal colombiana de Arquitectura 1998 (1998)
- Visiones del Siglo XX colombiano. A través de sus protagonistas ya muertos (2003)
- Río Bogotá (1985)
- Jacanamijoy (2003)
- Álvaro Barrera. Arquitectura y Restauración (2003)
- Campos de Golf en Colombia (2003)
- Cartagena de Indias. Visión panorámica desde el aire (2003)
- Guadua. Arquitectura y Diseño (2003)
- Enrique Grau. Homenaje (2003)
- Mauricio Gómez. Con la mano izquierda (2003)
- Ignacio Gómez Jaramillo (2003)
- Tesoros del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. 350 años (2003)
- Manos en el arte colombiano (2003)
- Historia de la Fotografía en Colombia. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1983)
- Arenas Betancourt. Un realista más allá del tiempo (1986)
- Los Figueroa. Aproximación a su época y a su pintura (1986)
- Andrés de Santa María (1985)
- Ricardo Gómez Campuzano (1987)
- El encanto de Bogotá (1987)
- Manizales de ayer. Album de fotografías (1987)
- Ramírez Villamizar. Museo de Arte Moderno de Bogotá (1984)
- La transformación de Bogotá (1982)
- Las fronteras azules de Colombia (1985)
- Botero en el Museo Nacional de Colombia. Nueva donación 2004 (2004)
- Gonzalo Ariza. Pinturas (1978)
- Grau. El pequeño viaje del Barón Von Humboldt (1977)
- Bogotá Viva (2004)
- Albergues del Libertador en Colombia. Banco de la República (1980)
- El Rey triste (1980)
- Gregorio Vásquez (1985)
- Ciclovías. Bogotá para el ciudadano (1983)
- Negret escultor. Homenaje (2004)
- Mefisto. Alberto Iriarte (2004)
- Suramericana. 60 Años de compromiso con la cultura (2004)
- Rostros de Colombia (1985)
- Flora de Los Andes. Cien especies del Altiplano Cundi-Boyacense (1984)
- Casa de Nariño (1985)
- Periodismo gráfico. Círculo de Periodistas de Bogotá (1984)
- Cien años de arte colombiano. 1886 - 1986 (1985)
- Pedro Nel Gómez (1981)
- Colombia amazónica (1988)
- Palacio de San Carlos (1986)
- Veinte años del Sena en Colombia. 1957-1977 (1978)
- Bogotá. Estructura y principales servicios públicos (1978)
- Colombia Parques Naturales (2006)
- Érase una vez Colombia (2005)
- Colombia 360°. Ciudades y pueblos (2006)
- Bogotá 360°. La ciudad interior (2006)
- Guatemala inédita (2006)
- Casa de Recreo en Colombia (2005)
- Manzur. Homenaje (2005)
- Gerardo Aragón (2009)
- Santiago Cárdenas (2006)
- Omar Rayo. Homenaje (2006)
- Beatriz González (2005)
- Casa de Campo en Colombia (2007)
- Luis Restrepo. construcciones (2007)
- Juan Cárdenas (2007)
- Luis Caballero. Homenaje (2007)
- Fútbol en Colombia (2007)
- Cafés de Colombia (2008)
- Colombia es Color (2008)
- Armando Villegas. Homenaje (2008)
- Manuel Hernández (2008)
- Alicia Viteri. Memoria digital (2009)
- Clemencia Echeverri. Sin respuesta (2009)
- Museo de Arte Moderno de Cartagena de Indias (2009)
- Agua. Riqueza de Colombia (2009)
- Volando Colombia. Paisajes (2009)
- Colombia en flor (2009)
- Medellín 360º. Cordial, Pujante y Bella (2009)
- Arte Internacional. Colección del Banco de la República (2009)
- Hugo Zapata (2009)
- Apalaanchi. Pescadores Wayuu (2009)
- Bogotá vuelo al pasado (2010)
- Grabados Antiguos de la Pontificia Universidad Javeriana. Colección Eduardo Ospina S. J. (2010)
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- Duque, su presidencia (2022)
Los FigueroaAproximación a su época y a su pintura / Poder para testar y testamento de Baltasar Vargas |
Poder para testar y testamento de Baltasar Vargas
Primera página del poder para testar y el testamento de Baltasar Vargas de Figueroa, otorgados el 8 de marzo de 1667 y que se conserva en el Archivo Nacional. Notaría Tercera, tomo 82, Volumen 58, Folios 711 al 715, 1667.
Última página del poder para testar y testamento de Baltasar Vargas de Figueroa.
Archivo Nacional - Not. 3a. Tomo 82 - 1667 - Fol. 711 r. a 715 v.
En la ciud de Staffé a diez y seis de febrero de mil y seiso y sesenta y siete años por ante mi el presente escribano de su Magd y testigos estando en la casa del Alferez Baltazar de Figueroa vecino de esta dicha ciudad donde el suso dicho esta enfermo y a lo que parecio en su entero juicio y acuerdo y protestando los misterios de ntra sta. ffe catholica dixo que por quanto la gravedad de su achaque no le da lugar a disponer su testamento y última boluntad como quisiera y porque el descargo de su conciencia y otras disposiciones las tiene comunicadas con María López de Encinarez su legitima mujer y asimismo con el Padre Bernardo de Estela de la compa de Jesús y rector actual de la casa del Noviciado de esta Corte en la mejor vía y forma que aya lugar en dicho otorga y les da todo su poder, cumplido el necesso para valer para que representando su misma persona, hagan y dispongan ambos juntos, y no el uno sin el otro el dicho su testamento disponiendo todas las clausulas necessas y mandas q les apareciere todo en conformidad de lo que así les tiene comunicado y de una memoria que deja en donde tiene hechas algunas declaraciones y fecho el dicho testamento (que se ha de disponer dentro del termino dispuesto por derecho) quiere y es su boluntad, se este y passe por el y se cumpla y execute, todo quanto los dichos sus apoderados y fideicomisarios hicieren como si el dicho otorgante se hallase y fuesse press(en)te a su otorgamiento que desde luego lo aprueba y ratifica como su última boluntad
- y quiere y es su boluntad que su cuerpo sea sepultado en la yg1esia del convento del señor San Fran(cis)co de esta ciudad en sepultura propia q’ en ella tiene y acompañen su cuerpo el cura y sacristán de esta yglesia parroquial de NtraSra? de de las Nieves de donde es feligrés
- y nombra como dicho es por tales sus albaceas a la dicha su mujer y el dicho padre Berndo de Estela para que ejecuten y cumplan todo lo que así dispusieren en virtud de este dicho poder, ambos juntos o cada uno insolidum con igual facultad
– y en el rremanente de todos sus bienes derechos y acciones nombra por su heredera legitima, pagado el dicho su entierro, deudas, mandas y demás disposiciones a la dicha María López de Encinarez para q los goce con la bendición de Dios y la suya y le ruega y pide haga bien por su alma y revoca y da por nulos otros cualesquiera testamentos y poderes que haya hecho o dado para testar, porque solo se a de cumplir lo que en virutd de este fuere hecho y otorgado así lo dixo el dicho otorgante a quien yo el presste y escrivno doy fe conozco y lo firmo. T(estigo)s Alonso Ortiz Villalobos, Juan de Castro, Fernando Ignacio de la Vega, Tomas Fernández de Heredia, Juan de Penagos: Baltazar de Vargas Figueroa - Ante mi Laurean Amarillo -… Enm(endado) /n/
Yo Laurean Amarillo Escribano del Rey Ntro Señor presente fui y lo signo En testimonio de verdad Sindros (sin derechos) Laurean Amarillo En el nombre de Dios ntro S. Amen - Nos el Padre Bernardo de Stela De la Compañía de Jesús y María López de Encinales viuda mujer que fui de el Alferez Baltasar de Figueroa difunto alvaceas testamentarios de el susso dicho y fideicomisarios Dezimos que por quanto el dicho alferez Baltasar de Figueroa nos dio poder para q en virtud de lo que nos tenia comunicado su testamento y ultima voluntad como consta en el dicho poder que otorgo ante Laurean Amarillo escribano de Su Majestad en diez y seis de febrero de este presente año de seiso y setenta y siete que es de el tenor siguiente - aquí el poder
-Usando del dicho poder y de la facultad que por el nos dio el dicho difunto otorgamos su testamento y ultima voluntad en virtud de lo que aqui nos comunicó en forma y manera siguiente
- Primeramente fue su voluntad del dicho alferez Baltasar de Figueroa que su cuerpo fuese sepultado despues de su fallecimiento en el Convento de el Glorioso Patriarca San Francisco y amortajado con el avito de su Religión como en efecto se executó
Tambien fue su voluntad suya que se diesen a las mandas forzossas: a Real a cada una y afirmandonos se pague y las apartemos de sus bienes
Declaramos q en quanto a la forma de el entierro y gasto de el se hizo con toda moderación conforme a lo posible de sus bienes y segun lo que fue necesa(rio) se a gastado lo siguiente:
Treinta y nueve pns (patacones) que tocaron al convento de S. Franco. (roto) y novenario diez pns. a la iglesia de ntra. S. de las Nieves por el derecho parroquial doze pns. del (H)avito con que se le amortajo, quarenta y quatro libras y media de zera a Razon de doze reales la libra que se la suplicó el Doctor Don Onofre de Baños y Sotomayor cura Rector de la Iglesia Catedral de esta corte con mas los diez pns. que quedo a pagar al cura de la dicha iglesia de ntra. S. de las Nieves y para prendas de ello tiene en su poder cinco cuadros; Uno de una hechura de un Santo Christo crucificado de mas de dos baras de largo. Un San Anto de bara y media. Un judio de dos baras. Un Salvador de dos baras y media: y otro de ntra. Sra. del mismo tamaño con los Retratos de los Padres del dicho alferez Baltasar de Figueroa: Declarase asi para que conste.
- Declaramos que la zera que sobró del dicho entierro y novenario para en poder de Nicolás de Figueroa hermano del dicho difunto y pertenece la que fuere a sus bienes y para que conste se declara assi. Y asimismo declaramos que el dicho Dr. dio sobre dichos quadros siete baras de bayeta negra de Castilla para un luto del dicho Nicolás de Figueroa quien debe pagar el precio de ella
- Declaramos por bienes del dicho difunto las cassas altas y bajas que quedaron por su fin y muerte en la parroquia de Ntra. Sra. de las Nieves con declaración (de que) sobre ellas esta impuesto un sensso parroquial de mil y quinientos patacones en favor de los señores Benerable Dean y cabildo de la dicha Iglesia catedral de que se deven los corridos de año y medio poco mas o menos en que tiene el dicho difunto lo que dio de más por la compra de ella y as¡ lo declaramos para que conste.
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto los demás bienes que constan del inventario q se hizo ante Don Francisco de Agudelo Martel scriv(an)o publico del Cabildo desta Audiencia por mandado de la justicia ordinaria que son los que se hallaron en la otra cassa a que nos Remitimos
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto diferentes colores que (h)avia en un escritorio en madera aforrado en badana negra tachonado. con las gavetas dadas de color. que no se save la cantidad efectiva que en el (h)avia. todo lo qual con otros bastidores, piedras. estampas. lienzos. cantidades de albavalde, carde nillo que estava en el aposento donde travajava el dicho difunto para en poder del dicho Nicolás de Figueroa quien tenía la llave y dara quenta de lo que llevó en la forma en que pareziere justo y así se declara por bienes del dicho difunto. y el a(roto) lo llevado todo con el pretesto de acavar algunas obras que esta van a cargo del dicho difunto
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto Una cama de madera torneada y una espada sin daga que para en poder del dicho Nicolás de Figueroa. y la daga se desaparecio con la muerte del dicho difunto con otras cossas que faltaron sin saverse quien se las llevo.
- Tambien declaramos por bienes del dicho difunto un escritorio de madera embutido hecho en Flandes de tres quartas de largo y dos tercios de alto que para en poder de Laurean Amarillo Es(criba)no de la R(eal) A(udiencia) en empeño de veinte pnes. que suplio para el gasto de la enfermedad del dicho difunto.
- Tambien declaramos por bienes del dicho difunto una prenza de madera de sacar azeite y una mesa grande con un cajon que para en poder de Nicolás de Figueroa
- Declaramos que a cargo del dicho difunto estuvo la tutela de los demas hermanos: y dar cuenta con pago de lo que a cada uno toco de su legitima y mediante de que todo lo tiene ajustado y satisfecho como consta de el finiquito que dieron ante Clemente Garzon Esno. publico de esta Aud(iencia) a que nos referimos: Y porque al dicho difunto le estan deviendo todo lo que le pudo tocar de sus legitimas los declaramos por bienes suyos para que se cobren de quien hubiere lugar y derecho
- Asimismo fue voluntad del dicho difunto el que pagasen todas sus deudas y para ello se hizo una memoria en que se declaran todas ellas las cuales son las siguientes
- Primeramente deve a doña Ana de Vargas Figueroa hermana del dicho difunto trescientos patacones q entraron en su poder por bienes suyos despues de la muerte de Don Simon Cortes su marido los quales se le paguen con prelacion atento a la antiguedad del devito con mas el interes del cinco por ciento de todo el tiempo que estuvo en su poder que son tres años de que solo pago diez pns por quenta de los dichos corridos
- Mas devia el dicho difunto a Juan de Castro sesenta y Siete pns. poco mas o menos. mandamos se paguen de sus bienes
- A Francisco de Espinosa devia sobre dos candelabros y un platillo de plata que pesan cinco marcos poco mas o menos, treinta pns
- mas al dicho sobre un cubite de plata quatro pns mas veinte Rs Al mismo sobre una tachuela de plata - mas al dicho sobre una sortija de esmeralda de un corazon. tres patacones y tres Rs
- Mas se le deven al dicho Francisco de Espinosa veinte y tres pns y dosRs q’ le dio y suplio de su tienda para el gasto de la enfermedad del dicho difunto mandamos se(a)le pagado de todo. Y se recojan las dichas prendas por bienes suyos
- Mas devia a Mateo de Vizenzio y Grimasi un patacón
- Mas seis Rs a la mujer del chapinero
- Mas a Andres Molano quatro Rs de unas sangrias
- Mas a Diego Ramos de Mera treinta y nueve pns sobre ocho sortijas. dos manillas de perlas. dos pares de zarzillos los unos de esmeraldas y perlas y los otros de perlas y oro mas tres ahogaderas de perlas solas. el uno de cinco (roto) el otro de siete (h)ebras cerrado con quentas de oro (ilegible) de quatro (h)ebras zerrado con granates morados. las quales dichas joyas pertenezen por bienes mios a mi esposa María Lopez de Enzinales y en pagando el empeño (ilegible) deven entregar como cossa mia
- Mas al rreg(id)or Anto Gonzalbez treze pnes del resto de una alcavala
- Mas a Antonio de Alva sobre dos sortijas y un rascamoño y una fuente de plata. las sortijas y el rascamoño de oro y esmeraldas. treinta y dos pns de rresto de mayor cantidad y se declara que la dicha fuente perteneze a Martin de (ilegible) cuñado de dicho difunto y las sortijas y rascamoño pertenezen a mi la dicha Maria Lopez a quien se a de entregar pagando la cantidad del empeño
- Mas al Alferez Pedro Ramos siete pns poco mas o menos q’ constara de su libro
- Mas a Gabriel Garrido Enriquez tres pns por (h)a ver perdonado lo demas del redito
- Mas a Bar(tolo)me de la Cruz dos pns
- Mas a Juan Marquez quarenta y un pns poco mas 0 menos,
- mas a Don Juan Domingo de la Vega onze pns, poco mas o menos
- Mas a Jacinto Gonzalez hierno de Villarraga cinco Rs
- A Fran —Xavier doze Rs
- a Fernando Jurado doze pns por un corte de puntos
- a Fernando de Roxas por un vale quarenta Y seis, pns
- a Juan Esteban Franqui veinte Reales
- a Juan Bapta de Bargas veinte y cinco Rs poco mas o menos
- a Don Bartolome de Rojas un patacon
- al señor Po de Bustamante treze pns
- a Martín Perez de Vargas ocho Pns sobre una olleta de plata que peza treze onzas poco mas o menos
- sin otras quentas que tenia el dicho difunto con el sussodicho y se este a lo que el dicho Martin Perez declarare porque (h)a sido asi su voluntad
- a Andres de Valenzuela. tres pns
- a los herederos de el Sr Contador don Nicolás de Urbina diez pns A Maria una mujer q tenia tienda frontera a la iglesia mayor. quatro Rs
- a Antonio Silvestre tratante veinte Rs mas o menos
- a una mujer llamada Margarita q tiene tienda en la tienda de Don Alonso Florian. diez o doze Rs
-a Juan de la Guardia tres pns al casero de Don Josephe Simon. diez Rs
- a Pedro Gonzalez Piedrahita devia treinta pns poco mas o menos de un sobrecama y un poco de bayeta q’ le dio
- mas estava a cargo del dicho difunto dar un quadro de Santo Domingo Soriano al govor Don Diego de Ospina o quinze pns que le tenia dados y dicho cuadro esta empezado
- mas a Isidro Gomez un quadro de un Salvador q tenia dibujado y acavado (h)a de dar el costo de bastidor lienzo y tachuelas
- a Andres Jijon devia veinte Rs sobre una gargantilla de perlas de ocho cassas zerradas con quentas de oro q’ perteneze a Da Maria Oscares y la dicha devia sobre ella tres pns al dicho difunto
- a Jacinta Garzia doce Rs sobre unos zarzillos que pertenecen a la dicha María Oscarez
- a Diego López de Melgar .regr de esta Auda ocho pns, poco mas o menos
- al Dr Don Antonio Machado de Chavez razionero de la Sta Iglesia Catedral tres quadros que están dibujados en la forma que los pidió y aca vados resta a de ver cincuenta pns por estar conzertados en ochenta y aver rezevidos treinta
- mas a don Po de Baños dos quadros de dos baras y media de alto y bara y media de ancho y mas otro quadro de dos baras y media de alto y bara y media de ancho y acavada dicha obra resta a dever tres pns por aver rezebido lo demás.
- mas devia el dicho acavar un quadro de Nra Sra de Copa cavana que tenia empezado
- mas tenia rrezevidos el dicho difunto diez pns de la mujer de el Sr Contador Don Fernando Tello por una pintura de Ntra Sra de Aranzazu que tenia empezada
- mas devia a Alberto Delgadillo dos o tres quadros
- mas devia enterarle (sic) a Alonso de Gómez tres quadros de bara y tercia de alto y son un San Joseph, Nra. Señora y un Salvador que acavados le resta a dever quatro o cinco pns
- mas al Br Don Jacinto Quadrado Solanilla un quadro de bara y quarta de largo de Nra Sra de la Conzepción
- masa Bernardina de Ochoa nueve pns
- mas devia el dicho difunto al Capn Don Fran- Cortez Vasconzelos setenta p-poco mas o menos por cuya cuenta tiene rezevidos: veinte pns - mas se le deven al sussodicho catorze pns
- mas al Capn Don Gaspar de Villalobos un quadro de dos baras de alto y bara y quarta de ancho de Sto Domingo Soriano que tenía el difunto cassi aca vado
- mas devia a Don Fran- de Aragon tres quadros, los dos pequeños y el otro de dos baras y terzia de alto que tenía empezado que es de Sn Franco de Paula y los pequeños de un Santo Christo y un San Christobal
- mas devia a Alberto Delgadillo dos laminas la una pequeña de plata y la otra de una Magdalena
- mas Restó deviendo el dicho difunto a Doña María de Figueroa su hermana de quentas que tubieron veinte y un patacones, los treze de dicho rresto y los ocho que le avia dado por quenta de dos quadros uno de Ntra Sra de El Topo y otro de S" Miguel
- mas devia a Doña Ana María Quadrado Zid un quadro de Sn Franco de Paula que le tenía pagado y lo tenía empessado
- mas al contador Berdo Joseph de las Peñas setenta pns que le avia dado por cuenta de unos quadros que avian de ser siete y para esto avia de dar el recado nezesso
- mas al Padre Fray Jerónimo Morato religioso del convento de S. Agustín un quadro de Sn Nicolás de bara y quarta y que acavado solo devia el dicho Padre un patacón
- mas a Juan Bautista Basquez tres pns sobre una sortija que tenia en prenda al dicho difunto que se le an de pagar y cobrar la sortija por bienes del dicho difunto
- asimismo avia conzertado el dicho difunto con los yndios del pueblo de Une un quadro de las Animas que les avia de hazer y para en quenta de sesenta pns de el conzierto avia rezevido el dicho difunto veinte pns
- mas devia a Don Franco de Vergara ocho pns y tenía el dicho difunto una lamina de plata en su poder del susso dicho -
- Declarase que los bienes del dicho difunto estan deviendo cinco pns de botica que se gastaron en su enfermedad - Todas las quales dichas deudas que asi ban declaradas y obligacion de quadros que el dicho Baltasar de Figueroa devia y estavan a su cargo fue su voluntad se pagasen de sus bienes y que en lo que no alcanzasen para poder hazer(lo) pedir a los interezados por el amor de Dios Ntro Sr se lo perdonasen por la pobreza en que murio
- Declarase que al convento de la Concepcion estava diviendo el dicho difunto la cantidad que constará de la escriptura o vale que tenía en su poder que lo que fuere se a de pagar de los bienes del dicho difunto
- asimismo fue su voluntad se pagasse al convento de Sn Augn de esta Corte lo que constare deversele legitimamente por escriptura o vale
- Tambien fue voluntad del dicho difunto se pagasen a Juan de Silva doscientos pns mas o menos lo que constare por la escriptura que para en su poder
- Asimismo fue voluntad del dicho difunto que si demás de las deudas que iban declaradas pareziesen algunas mas que estuviesen justificadas o se justificasen se pagasen de sus bienes
- Asimismo fue voluntad de] dicho difunto que se cobrase de los bienes de su padre Gaspar de Figueroa mas de seiso pns que suplio y gasto de su propio caudal en su entierro onrras y funeral como era notorio a los demas sus hermanos y as¡ se declara para que se cobre de donde hubiere lugar de derecho, con mas otras muchas cantidades que el dicho difunto pago de deudas por el dicho 715 r su padre y asi se declara para que conste
- Declarase que los trescientos patacones con sus intereses que se deven a Dña Ana de Figueroa hermana del dicho difunto se deven pagar con antelacion a los demás devitos respecto de aver sido prozedidos de sus bienes dotales y no tener otros ningunos con que alimentar a sus hijos y as¡ fue voluntad suya y para cumplir y pagar este testamento mandas y legados de el nos nombramos por albazeas testamentarios del dicho Baltasar de Figueroa en con conformidad de lo contenido en el poder yricluso y nos prorrogamos el termino nezessario no obstante que sera cumplido ei del albazcazgo. Reservando aser las demas declaraciones que convengan y fuesen del descargo de su conzienzia
- y despues de cumplido y pagado este testamto mandas y legados de el remanente que quedase de los bienes del dicho difunto y de los de mas derechos y acciones que en cualquier manera le pertenezieren me nombro por heredera yo la dicha Maria Lopez de Encinales su mujer y la nombro yo el dicho Padre Bernardo de Estela en conformidad de la voluntad de dicho difunto y del contenido del dicho poder ynclusso y por el presente rrevocamos otros cualesquier testamentos, poderes, mandas o legados que antes de este hiziese y otorgasse el dicho difunto por escrito o de palabra para que no valgan ni hagan lee en juicio ni fuera de el porque solo se a de guardar y cumplir lo contenido en este y en el poder que en el se zita como su ultima voluntad que es Fdo, en la Auda de Sta Fee a ocho de marzo de mil y seiso y sesenta y siete años - y los otorgantes que yo el scriv(an)o de su Magd doy lee conozco lo firmaron menos la dicha doña María Lopez que dixo no saber y a su ruego lo firmo un testigo (sic) que lo fueron El Mo Juan Berdugo Coello, presbitero. Don Miguel Gasco de Guevara Pedro de Heredia, Antonio de Zetina y Gabriel de Ocampo
- Asimismo se declara que se devia a Pedro de Heredia, official de carpinteria diez pns del ataud que hizo a todo costo de sus propios bienes que se le deven pagar con prelacion por ser gasto del entierro fecho Ut supra Testigos los dichos - Testado - n -
Bernardo Estela Por la otorgante Ante mí El Mo Juan Berdo Juan de Ovando Coello
Devengué los derechos
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Los Figueroa Aproximación a su época y a su pintura / Poder para testar y testamento de Baltasar Vargas
Poder para testar y testamento de Baltasar Vargas
Primera página del poder para testar y el testamento de Baltasar Vargas de Figueroa, otorgados el 8 de marzo de 1667 y que se conserva en el Archivo Nacional. Notaría Tercera, tomo 82, Volumen 58, Folios 711 al 715, 1667.
Última página del poder para testar y testamento de Baltasar Vargas de Figueroa.
Archivo Nacional - Not. 3a. Tomo 82 - 1667 - Fol. 711 r. a 715 v.
En la ciud de Staffé a diez y seis de febrero de mil y seiso y sesenta y siete años por ante mi el presente escribano de su Magd y testigos estando en la casa del Alferez Baltazar de Figueroa vecino de esta dicha ciudad donde el suso dicho esta enfermo y a lo que parecio en su entero juicio y acuerdo y protestando los misterios de ntra sta. ffe catholica dixo que por quanto la gravedad de su achaque no le da lugar a disponer su testamento y última boluntad como quisiera y porque el descargo de su conciencia y otras disposiciones las tiene comunicadas con María López de Encinarez su legitima mujer y asimismo con el Padre Bernardo de Estela de la compa de Jesús y rector actual de la casa del Noviciado de esta Corte en la mejor vía y forma que aya lugar en dicho otorga y les da todo su poder, cumplido el necesso para valer para que representando su misma persona, hagan y dispongan ambos juntos, y no el uno sin el otro el dicho su testamento disponiendo todas las clausulas necessas y mandas q les apareciere todo en conformidad de lo que así les tiene comunicado y de una memoria que deja en donde tiene hechas algunas declaraciones y fecho el dicho testamento (que se ha de disponer dentro del termino dispuesto por derecho) quiere y es su boluntad, se este y passe por el y se cumpla y execute, todo quanto los dichos sus apoderados y fideicomisarios hicieren como si el dicho otorgante se hallase y fuesse press(en)te a su otorgamiento que desde luego lo aprueba y ratifica como su última boluntad
- y quiere y es su boluntad que su cuerpo sea sepultado en la yg1esia del convento del señor San Fran(cis)co de esta ciudad en sepultura propia q’ en ella tiene y acompañen su cuerpo el cura y sacristán de esta yglesia parroquial de NtraSra? de de las Nieves de donde es feligrés
- y nombra como dicho es por tales sus albaceas a la dicha su mujer y el dicho padre Berndo de Estela para que ejecuten y cumplan todo lo que así dispusieren en virtud de este dicho poder, ambos juntos o cada uno insolidum con igual facultad
– y en el rremanente de todos sus bienes derechos y acciones nombra por su heredera legitima, pagado el dicho su entierro, deudas, mandas y demás disposiciones a la dicha María López de Encinarez para q los goce con la bendición de Dios y la suya y le ruega y pide haga bien por su alma y revoca y da por nulos otros cualesquiera testamentos y poderes que haya hecho o dado para testar, porque solo se a de cumplir lo que en virutd de este fuere hecho y otorgado así lo dixo el dicho otorgante a quien yo el presste y escrivno doy fe conozco y lo firmo. T(estigo)s Alonso Ortiz Villalobos, Juan de Castro, Fernando Ignacio de la Vega, Tomas Fernández de Heredia, Juan de Penagos: Baltazar de Vargas Figueroa - Ante mi Laurean Amarillo -… Enm(endado) /n/
Yo Laurean Amarillo Escribano del Rey Ntro Señor presente fui y lo signo En testimonio de verdad Sindros (sin derechos) Laurean Amarillo En el nombre de Dios ntro S. Amen - Nos el Padre Bernardo de Stela De la Compañía de Jesús y María López de Encinales viuda mujer que fui de el Alferez Baltasar de Figueroa difunto alvaceas testamentarios de el susso dicho y fideicomisarios Dezimos que por quanto el dicho alferez Baltasar de Figueroa nos dio poder para q en virtud de lo que nos tenia comunicado su testamento y ultima voluntad como consta en el dicho poder que otorgo ante Laurean Amarillo escribano de Su Majestad en diez y seis de febrero de este presente año de seiso y setenta y siete que es de el tenor siguiente - aquí el poder
-Usando del dicho poder y de la facultad que por el nos dio el dicho difunto otorgamos su testamento y ultima voluntad en virtud de lo que aqui nos comunicó en forma y manera siguiente
- Primeramente fue su voluntad del dicho alferez Baltasar de Figueroa que su cuerpo fuese sepultado despues de su fallecimiento en el Convento de el Glorioso Patriarca San Francisco y amortajado con el avito de su Religión como en efecto se executó
Tambien fue su voluntad suya que se diesen a las mandas forzossas: a Real a cada una y afirmandonos se pague y las apartemos de sus bienes
Declaramos q en quanto a la forma de el entierro y gasto de el se hizo con toda moderación conforme a lo posible de sus bienes y segun lo que fue necesa(rio) se a gastado lo siguiente:
Treinta y nueve pns (patacones) que tocaron al convento de S. Franco. (roto) y novenario diez pns. a la iglesia de ntra. S. de las Nieves por el derecho parroquial doze pns. del (H)avito con que se le amortajo, quarenta y quatro libras y media de zera a Razon de doze reales la libra que se la suplicó el Doctor Don Onofre de Baños y Sotomayor cura Rector de la Iglesia Catedral de esta corte con mas los diez pns. que quedo a pagar al cura de la dicha iglesia de ntra. S. de las Nieves y para prendas de ello tiene en su poder cinco cuadros; Uno de una hechura de un Santo Christo crucificado de mas de dos baras de largo. Un San Anto de bara y media. Un judio de dos baras. Un Salvador de dos baras y media: y otro de ntra. Sra. del mismo tamaño con los Retratos de los Padres del dicho alferez Baltasar de Figueroa: Declarase asi para que conste.
- Declaramos que la zera que sobró del dicho entierro y novenario para en poder de Nicolás de Figueroa hermano del dicho difunto y pertenece la que fuere a sus bienes y para que conste se declara assi. Y asimismo declaramos que el dicho Dr. dio sobre dichos quadros siete baras de bayeta negra de Castilla para un luto del dicho Nicolás de Figueroa quien debe pagar el precio de ella
- Declaramos por bienes del dicho difunto las cassas altas y bajas que quedaron por su fin y muerte en la parroquia de Ntra. Sra. de las Nieves con declaración (de que) sobre ellas esta impuesto un sensso parroquial de mil y quinientos patacones en favor de los señores Benerable Dean y cabildo de la dicha Iglesia catedral de que se deven los corridos de año y medio poco mas o menos en que tiene el dicho difunto lo que dio de más por la compra de ella y as¡ lo declaramos para que conste.
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto los demás bienes que constan del inventario q se hizo ante Don Francisco de Agudelo Martel scriv(an)o publico del Cabildo desta Audiencia por mandado de la justicia ordinaria que son los que se hallaron en la otra cassa a que nos Remitimos
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto diferentes colores que (h)avia en un escritorio en madera aforrado en badana negra tachonado. con las gavetas dadas de color. que no se save la cantidad efectiva que en el (h)avia. todo lo qual con otros bastidores, piedras. estampas. lienzos. cantidades de albavalde, carde nillo que estava en el aposento donde travajava el dicho difunto para en poder del dicho Nicolás de Figueroa quien tenía la llave y dara quenta de lo que llevó en la forma en que pareziere justo y así se declara por bienes del dicho difunto. y el a(roto) lo llevado todo con el pretesto de acavar algunas obras que esta van a cargo del dicho difunto
- Asimismo declaramos por bienes del dicho difunto Una cama de madera torneada y una espada sin daga que para en poder del dicho Nicolás de Figueroa. y la daga se desaparecio con la muerte del dicho difunto con otras cossas que faltaron sin saverse quien se las llevo.
- Tambien declaramos por bienes del dicho difunto un escritorio de madera embutido hecho en Flandes de tres quartas de largo y dos tercios de alto que para en poder de Laurean Amarillo Es(criba)no de la R(eal) A(udiencia) en empeño de veinte pnes. que suplio para el gasto de la enfermedad del dicho difunto.
- Tambien declaramos por bienes del dicho difunto una prenza de madera de sacar azeite y una mesa grande con un cajon que para en poder de Nicolás de Figueroa
- Declaramos que a cargo del dicho difunto estuvo la tutela de los demas hermanos: y dar cuenta con pago de lo que a cada uno toco de su legitima y mediante de que todo lo tiene ajustado y satisfecho como consta de el finiquito que dieron ante Clemente Garzon Esno. publico de esta Aud(iencia) a que nos referimos: Y porque al dicho difunto le estan deviendo todo lo que le pudo tocar de sus legitimas los declaramos por bienes suyos para que se cobren de quien hubiere lugar y derecho
- Asimismo fue voluntad del dicho difunto el que pagasen todas sus deudas y para ello se hizo una memoria en que se declaran todas ellas las cuales son las siguientes
- Primeramente deve a doña Ana de Vargas Figueroa hermana del dicho difunto trescientos patacones q entraron en su poder por bienes suyos despues de la muerte de Don Simon Cortes su marido los quales se le paguen con prelacion atento a la antiguedad del devito con mas el interes del cinco por ciento de todo el tiempo que estuvo en su poder que son tres años de que solo pago diez pns por quenta de los dichos corridos
- Mas devia el dicho difunto a Juan de Castro sesenta y Siete pns. poco mas o menos. mandamos se paguen de sus bienes
- A Francisco de Espinosa devia sobre dos candelabros y un platillo de plata que pesan cinco marcos poco mas o menos, treinta pns
- mas al dicho sobre un cubite de plata quatro pns mas veinte Rs Al mismo sobre una tachuela de plata - mas al dicho sobre una sortija de esmeralda de un corazon. tres patacones y tres Rs
- Mas se le deven al dicho Francisco de Espinosa veinte y tres pns y dosRs q’ le dio y suplio de su tienda para el gasto de la enfermedad del dicho difunto mandamos se(a)le pagado de todo. Y se recojan las dichas prendas por bienes suyos
- Mas devia a Mateo de Vizenzio y Grimasi un patacón
- Mas seis Rs a la mujer del chapinero
- Mas a Andres Molano quatro Rs de unas sangrias
- Mas a Diego Ramos de Mera treinta y nueve pns sobre ocho sortijas. dos manillas de perlas. dos pares de zarzillos los unos de esmeraldas y perlas y los otros de perlas y oro mas tres ahogaderas de perlas solas. el uno de cinco (roto) el otro de siete (h)ebras cerrado con quentas de oro (ilegible) de quatro (h)ebras zerrado con granates morados. las quales dichas joyas pertenezen por bienes mios a mi esposa María Lopez de Enzinales y en pagando el empeño (ilegible) deven entregar como cossa mia
- Mas al rreg(id)or Anto Gonzalbez treze pnes del resto de una alcavala
- Mas a Antonio de Alva sobre dos sortijas y un rascamoño y una fuente de plata. las sortijas y el rascamoño de oro y esmeraldas. treinta y dos pns de rresto de mayor cantidad y se declara que la dicha fuente perteneze a Martin de (ilegible) cuñado de dicho difunto y las sortijas y rascamoño pertenezen a mi la dicha Maria Lopez a quien se a de entregar pagando la cantidad del empeño
- Mas al Alferez Pedro Ramos siete pns poco mas o menos q’ constara de su libro
- Mas a Gabriel Garrido Enriquez tres pns por (h)a ver perdonado lo demas del redito
- Mas a Bar(tolo)me de la Cruz dos pns
- Mas a Juan Marquez quarenta y un pns poco mas 0 menos,
- mas a Don Juan Domingo de la Vega onze pns, poco mas o menos
- Mas a Jacinto Gonzalez hierno de Villarraga cinco Rs
- A Fran —Xavier doze Rs
- a Fernando Jurado doze pns por un corte de puntos
- a Fernando de Roxas por un vale quarenta Y seis, pns
- a Juan Esteban Franqui veinte Reales
- a Juan Bapta de Bargas veinte y cinco Rs poco mas o menos
- a Don Bartolome de Rojas un patacon
- al señor Po de Bustamante treze pns
- a Martín Perez de Vargas ocho Pns sobre una olleta de plata que peza treze onzas poco mas o menos
- sin otras quentas que tenia el dicho difunto con el sussodicho y se este a lo que el dicho Martin Perez declarare porque (h)a sido asi su voluntad
- a Andres de Valenzuela. tres pns
- a los herederos de el Sr Contador don Nicolás de Urbina diez pns A Maria una mujer q tenia tienda frontera a la iglesia mayor. quatro Rs
- a Antonio Silvestre tratante veinte Rs mas o menos
- a una mujer llamada Margarita q tiene tienda en la tienda de Don Alonso Florian. diez o doze Rs
-a Juan de la Guardia tres pns al casero de Don Josephe Simon. diez Rs
- a Pedro Gonzalez Piedrahita devia treinta pns poco mas o menos de un sobrecama y un poco de bayeta q’ le dio
- mas estava a cargo del dicho difunto dar un quadro de Santo Domingo Soriano al govor Don Diego de Ospina o quinze pns que le tenia dados y dicho cuadro esta empezado
- mas a Isidro Gomez un quadro de un Salvador q tenia dibujado y acavado (h)a de dar el costo de bastidor lienzo y tachuelas
- a Andres Jijon devia veinte Rs sobre una gargantilla de perlas de ocho cassas zerradas con quentas de oro q’ perteneze a Da Maria Oscares y la dicha devia sobre ella tres pns al dicho difunto
- a Jacinta Garzia doce Rs sobre unos zarzillos que pertenecen a la dicha María Oscarez
- a Diego López de Melgar .regr de esta Auda ocho pns, poco mas o menos
- al Dr Don Antonio Machado de Chavez razionero de la Sta Iglesia Catedral tres quadros que están dibujados en la forma que los pidió y aca vados resta a de ver cincuenta pns por estar conzertados en ochenta y aver rezevidos treinta
- mas a don Po de Baños dos quadros de dos baras y media de alto y bara y media de ancho y mas otro quadro de dos baras y media de alto y bara y media de ancho y acavada dicha obra resta a dever tres pns por aver rezebido lo demás.
- mas devia el dicho acavar un quadro de Nra Sra de Copa cavana que tenia empezado
- mas tenia rrezevidos el dicho difunto diez pns de la mujer de el Sr Contador Don Fernando Tello por una pintura de Ntra Sra de Aranzazu que tenia empezada
- mas devia a Alberto Delgadillo dos o tres quadros
- mas devia enterarle (sic) a Alonso de Gómez tres quadros de bara y tercia de alto y son un San Joseph, Nra. Señora y un Salvador que acavados le resta a dever quatro o cinco pns
- mas al Br Don Jacinto Quadrado Solanilla un quadro de bara y quarta de largo de Nra Sra de la Conzepción
- masa Bernardina de Ochoa nueve pns
- mas devia el dicho difunto al Capn Don Fran- Cortez Vasconzelos setenta p-poco mas o menos por cuya cuenta tiene rezevidos: veinte pns - mas se le deven al sussodicho catorze pns
- mas al Capn Don Gaspar de Villalobos un quadro de dos baras de alto y bara y quarta de ancho de Sto Domingo Soriano que tenía el difunto cassi aca vado
- mas devia a Don Fran- de Aragon tres quadros, los dos pequeños y el otro de dos baras y terzia de alto que tenía empezado que es de Sn Franco de Paula y los pequeños de un Santo Christo y un San Christobal
- mas devia a Alberto Delgadillo dos laminas la una pequeña de plata y la otra de una Magdalena
- mas Restó deviendo el dicho difunto a Doña María de Figueroa su hermana de quentas que tubieron veinte y un patacones, los treze de dicho rresto y los ocho que le avia dado por quenta de dos quadros uno de Ntra Sra de El Topo y otro de S" Miguel
- mas devia a Doña Ana María Quadrado Zid un quadro de Sn Franco de Paula que le tenía pagado y lo tenía empessado
- mas al contador Berdo Joseph de las Peñas setenta pns que le avia dado por cuenta de unos quadros que avian de ser siete y para esto avia de dar el recado nezesso
- mas al Padre Fray Jerónimo Morato religioso del convento de S. Agustín un quadro de Sn Nicolás de bara y quarta y que acavado solo devia el dicho Padre un patacón
- mas a Juan Bautista Basquez tres pns sobre una sortija que tenia en prenda al dicho difunto que se le an de pagar y cobrar la sortija por bienes del dicho difunto
- asimismo avia conzertado el dicho difunto con los yndios del pueblo de Une un quadro de las Animas que les avia de hazer y para en quenta de sesenta pns de el conzierto avia rezevido el dicho difunto veinte pns
- mas devia a Don Franco de Vergara ocho pns y tenía el dicho difunto una lamina de plata en su poder del susso dicho -
- Declarase que los bienes del dicho difunto estan deviendo cinco pns de botica que se gastaron en su enfermedad - Todas las quales dichas deudas que asi ban declaradas y obligacion de quadros que el dicho Baltasar de Figueroa devia y estavan a su cargo fue su voluntad se pagasen de sus bienes y que en lo que no alcanzasen para poder hazer(lo) pedir a los interezados por el amor de Dios Ntro Sr se lo perdonasen por la pobreza en que murio
- Declarase que al convento de la Concepcion estava diviendo el dicho difunto la cantidad que constará de la escriptura o vale que tenía en su poder que lo que fuere se a de pagar de los bienes del dicho difunto
- asimismo fue su voluntad se pagasse al convento de Sn Augn de esta Corte lo que constare deversele legitimamente por escriptura o vale
- Tambien fue voluntad del dicho difunto se pagasen a Juan de Silva doscientos pns mas o menos lo que constare por la escriptura que para en su poder
- Asimismo fue voluntad del dicho difunto que si demás de las deudas que iban declaradas pareziesen algunas mas que estuviesen justificadas o se justificasen se pagasen de sus bienes
- Asimismo fue voluntad de] dicho difunto que se cobrase de los bienes de su padre Gaspar de Figueroa mas de seiso pns que suplio y gasto de su propio caudal en su entierro onrras y funeral como era notorio a los demas sus hermanos y as¡ se declara para que se cobre de donde hubiere lugar de derecho, con mas otras muchas cantidades que el dicho difunto pago de deudas por el dicho 715 r su padre y asi se declara para que conste
- Declarase que los trescientos patacones con sus intereses que se deven a Dña Ana de Figueroa hermana del dicho difunto se deven pagar con antelacion a los demás devitos respecto de aver sido prozedidos de sus bienes dotales y no tener otros ningunos con que alimentar a sus hijos y as¡ fue voluntad suya y para cumplir y pagar este testamento mandas y legados de el nos nombramos por albazeas testamentarios del dicho Baltasar de Figueroa en con conformidad de lo contenido en el poder yricluso y nos prorrogamos el termino nezessario no obstante que sera cumplido ei del albazcazgo. Reservando aser las demas declaraciones que convengan y fuesen del descargo de su conzienzia
- y despues de cumplido y pagado este testamto mandas y legados de el remanente que quedase de los bienes del dicho difunto y de los de mas derechos y acciones que en cualquier manera le pertenezieren me nombro por heredera yo la dicha Maria Lopez de Encinales su mujer y la nombro yo el dicho Padre Bernardo de Estela en conformidad de la voluntad de dicho difunto y del contenido del dicho poder ynclusso y por el presente rrevocamos otros cualesquier testamentos, poderes, mandas o legados que antes de este hiziese y otorgasse el dicho difunto por escrito o de palabra para que no valgan ni hagan lee en juicio ni fuera de el porque solo se a de guardar y cumplir lo contenido en este y en el poder que en el se zita como su ultima voluntad que es Fdo, en la Auda de Sta Fee a ocho de marzo de mil y seiso y sesenta y siete años - y los otorgantes que yo el scriv(an)o de su Magd doy lee conozco lo firmaron menos la dicha doña María Lopez que dixo no saber y a su ruego lo firmo un testigo (sic) que lo fueron El Mo Juan Berdugo Coello, presbitero. Don Miguel Gasco de Guevara Pedro de Heredia, Antonio de Zetina y Gabriel de Ocampo
- Asimismo se declara que se devia a Pedro de Heredia, official de carpinteria diez pns del ataud que hizo a todo costo de sus propios bienes que se le deven pagar con prelacion por ser gasto del entierro fecho Ut supra Testigos los dichos - Testado - n -
Bernardo Estela Por la otorgante Ante mí El Mo Juan Berdo Juan de Ovando Coello
Devengué los derechos